Información Financiera de los Avalistas
Agentes del mercado
Información Financiera de los Avalistas y/o Garantes de emisiones inscritas en el Registro Nacional de Valores y Emisores:
“De acuerdo con lo establecido en el Parágrafo 1. del artículo 5.2.4.1.2 del Decreto 2555 de 2010 y numeral 7 del Anexo I- Capítulo I del Título V de la Parte 3 de la Circular Externa 029 de 2014, Las entidades emisoras de valores, en el caso de que sus emisiones estén avaladas o garantizadas por entidades que no sean emisores inscritos en el Registro Nacional de Valores y Emisores - RNVE, o que dejen de serlo, deberán enviar la información del garante, en los términos y condiciones que establezca la Superintendencia Financiera de Colombia, la cual deberá incluir cuando menos los estados financieros de fin de ejercicio del garante.
En caso de que la garantía sea otorgada por una entidad extranjera, la información a que se refiere el inciso anterior deberá remitirse dentro de los cuarenta y cinco (45) días comunes siguientes al cierre del respectivo ejercicio.”
Última modificación 04/03/2020