Código país (Introducción: Código de Mejores Prácticas Corporativas - Colombia)
- Asamblea General de Accionistas
- Junta Directiva
- Información Financiera y No Financiera
- Resolución de Controversias
La preocupación por el gobierno corporativo constituye en la actualidad una tendencia verdaderamente mundial, y su implementación, tanto por los emisores de valores1 como por todas las empresas, resulta altamente deseable. Las mejores prácticas de gobierno redundan en beneficio de los propios accionistas de diferentes maneras. Por ejemplo, mediante una mayor generación de valor y una mejor gestión de los riesgos, y asimismo mediante la obtención de mejores condiciones de financiación, debido a una menor percepción del riesgo por parte de acreedores e inversionistas. En este sentido, el buen gobierno corporativo no debe entenderse como un fin en sí mismo, sino como un medio para el logro de estos propósitos. La experiencia internacional demuestra que el mejoramiento de las prácticas de buen gobierno requiere de la acción conjunta de las autoridades gubernamentales, las empresas y los inversionistas, mediante la combinación de normas obligatorias con esquemas de autorregulación y cumplimiento voluntario. Por esta razón, a iniciativa de la Superintendencia Financiera de Colombia, se conformó un Comité integrado por una amplia base de entidades, para la elaboración del presente Código de Mejores Prácticas Corporativas destinado a los emisores de valores colombianos. El Código se ha estructurado de manera que contenga un conjunto de medidas concretas, que se espera sean incorporadas por los emisores de valores en su actividad diaria, sobre los siguientes temas: (i) Asamblea General de Accionistas, (ii) Junta Directiva, (iii) Revelación de Información Financiera y no Financiera, y (iv) Solución de Controversias. Cada grupo de medidas va antecedido de una breve explicación de las mismas. En todo caso, el Código sigue el principio “cumpla o explique”, de allí que las medidas sean de adopción voluntaria por los emisores de valores, quienes deberán remitir diligenciada, por lo menos anualmente a la Superintendencia Financiera de Colombia, la encuesta de Mejores Prácticas Corporativas que tiene por objeto indicar y describir de manera general, información sobre sus prácticas de Gobierno Corporativo y sobre la adopción de las recomendaciones del Código de Mejores Prácticas Corporativas. |
En todos los casos, el emisor deberá responder si adoptó o no las medidas recomendadas para el período que esté revelando. Cuando su respuesta sea afirmativa, el emisor deberá explicar la forma y mecanismos por los cuales se asegura tal adopción.
En caso de no haber adoptado alguna medida durante el período revelado, el emisor podrá informar las razones para ello. La encuesta también deberá publicarse por el emisor en su página de Internet y actualizarla con la misma periodicidad con la que se reporte a la Superintendencia Financiera de Colombia.
De tal manera que, siendo el cumplimiento del código voluntario, cada sociedad, dependiendo de su situación particular, decide libremente cuáles aspectos del código adopta y cuáles no. En caso afirmativo el emisor deberá explicar la forma y mecanismos por los cuales se asegura tal adopción y si la respuesta es negativa, la explicación al mercado es optativa.
Para su elaboración el Comité se basó, entre otros documentos, en los Lineamientos para un Código Andino de Gobierno Corporativo, elaborados por la Corporación Andina de Fomento - CAF.
Si bien el Código está dirigido a los emisores de valores, nada impide su aplicación por parte de aquellas empresas que, sin tener tal calidad, buscan avanzar significativamente en la adopción de mejores prácticas.
El presente documento constituye una guía de las mejores prácticas corporativas que se espera sean adoptadas y llevadas a la práctica por las sociedades emisoras de valores que pretendan elevar sus estándares de Gobierno Corporativo, no obstante, el documento no constituye una guía alternativa sino una complementaria de las actuales prácticas que en materia de Gobierno Corporativo, profesan las sociedades colombianas.
Finalmente, toda vez que los temas de Gobierno Corporativo se caracterizan por ser dinámicos, el grupo que ha elaborado el presente Código, tendrá como tarea posterior y de carácter permanente, revisar las medidas propuestas y dado el caso, desarrollar nuevas medidas, de manera que el Código se ajuste siempre a la situación del mercado.
(1) Las palabras que en el presente texto estén escritas en letra cursiva se encuentran definidas en el glosario de términos al final del presente anexo.
Última modificación 25/06/2019