Oficina de Control Disciplinario
Son funciones de la Oficina de Control Disciplinario, las siguientes:
1. Proponer al Superintendente Financiero estrategias de prevención de las conductas o comportamientos disciplinables en las que se advierta un riesgo de una eventual incursión en faltas disciplinarias por parte de los funcionarios.
2. Conocer, sustanciar e instruir las etapas de indagación previa e investigación disciplinaria, decidiendo sobre la procedencia o no de las mismas, la formulación de cargos o el archivo de los procesos, en contra de los servidores y exservidores de la Superintendencia Financiera de Colombia observando las normas legales vigentes y los principios que rigen el procedimiento disciplinario.
3. Informar a la Procuraduría General de la Nación la apertura de las investigaciones disciplinarias, para lo de su competencia, teniendo en cuenta las normas que rigen la materia.
4. Remitir a la Subdirección de Defensa Jurídica los procesos disciplinarios en los que se dicte pliego de cargos, debidamente notificados, de acuerdo con la normatividad vigente.
5. Mantener, custodiar y actualizar los archivos de los expedientes y registros de los procesos disciplinarios.
6. Participar en los procesos del Sistema de Gestión Integrado de la Superintendencia en los que sea parte.
7. Las demás que se le asignen y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Última modificación 01/02/2023