Mecanismos de Control al Interior de la Superintendencia Financiera de Colombia
1. Oficina de Control Interno
Es la dependencia encargada de evaluar en forma independiente el Sistema de Control Interno de la entidad y proponer al Superintendente Financiero las recomendaciones para mejorarlo, brindándole asesoría encaminada a garantizar la continuidad del proceso administrativo, el seguimiento, evaluación y ajustes a las políticas y planes establecidos y la aplicación de los correctivos necesarios para que con los mismos se logre el cumplimiento de las metas u objetivos previstos.
El Jefe de la Oficina de Control Interno es un funcionario de libre nombramiento y remoción, cuyas principales funciones son:
- Planear, dirigir y organizar la verificación y evaluación del Sistema de Control Interno;
- Verificar que el Sistema de Control Interno esté formalmente establecido dentro de la organización y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y, en particular, de aquellos que tengan responsabilidad de mando;
- Verificar que los controles definidos para los procesos y actividades de la organización, se cumplan por los responsables de su ejecución y en especial, que las áreas o empleados encargados de la aplicación del régimen disciplinario ejerzan adecuadamente esta función;
- Verificar que los controles asociados con todas y cada una de las actividades de la organización, estén adecuadamente definidos, sean apropiados y se mejoren permanentemente, de acuerdo con la evolución de la entidad;
- Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la organización y recomendar los ajustes necesarios;
- Servir de apoyo a los directivos en el proceso de toma de decisiones, a fin que se obtengan los resultados esperados;
- Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de información de la entidad y recomendar los correctivos que sean necesarios;
- Fomentar en toda la organización la formación de una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional;
- Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana, que en desarrollo del mandato constitucional y legal, diseñe la entidad correspondiente;
- Mantener permanentemente informados a los directivos acerca del estado del control interno dentro de la entidad, dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento,
- Verificar que se implanten las medidas respectivas recomendadas;
Como mecanismos de verificación y evaluación del control interno se utilizarán las normas de auditoria generalmente aceptadas, la selección de indicadores de desempeño, los informes de gestión y de cualquier otro mecanismo moderno de control que implique el uso de la mayor tecnología, eficiencia y seguridad.
Existen varias formas como se puede presentar una denuncia ante la Oficina de Control Interno.
A. Verbal, que a su vez puede realizarse:
- Personalmente: acercándose a las dependencias de la Superintendencia Financiera de Colombia, calle 7 No. 4 – 49 Piso 1.
- Telefónicamente, llamando al teléfono 6015940200, extensión 1537.
B. Escrita, la cual puede realizarse a través de:
- Portal Institucional : https://www.superfinanciera.gov.co.
- Correo electrónico: cgr@contraloria.gov.co.
- Correspondencia: enviando su denuncia a la Carrera 69 No 44-35, Bogotá, Colombia. Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana o a las respectivas Gerencias Departamentales.
- Vía fax: en el número telefónico: FAX: (+57) 601518 7001.
2. Oficina de Control Disciplinario
Es el área encargada de atender las quejas que se presenten contra la entidad o sus funcionarios por fallas en el servicio, así como de realizar las investigaciones correspondientes y adelantar, cuando a ello haya lugar, los procesos disciplinarios.
El Jefe de la Oficina de Control Disciplinario es un funcionario de libre nombramiento y remoción, cuyas principales funciones son:
- Implementar los mecanismos necesarios para ejercer el control disciplinario asignado por el Código Disciplinario Único y adelantar e instruir los procesos respecto de los funcionarios y ex funcionarios de la entidad.
- Conocer y fallar, en primera instancia, los procesos disciplinarios que se adelanten contra los funcionarios y ex funcionarios de la entidad.
- Practicar las pruebas y diligencias en el desarrollo de sus funciones.
- Ordenar el archivo de la investigación disciplinaria, declarar la prescripción de la acción y de la ejecución de la sanción o declarar la terminación del procedimiento disciplinario según las causales legales.
- Conocer y decidir sobre los recursos interpuestos durante el proceso disciplinario de única instancia, o en primera instancia;
- Proyectar para la firma del Superintendente Financiero de Colombia las resoluciones que hacen efectivas las sanciones a los servidores de la entidad.
- Trasladar el expediente al Despacho del Superintendente Financiero para el trámite de segunda instancia, cuando se hayan interpuesto los recursos de apelación o de queja.
Existen varias formas como se puede presentar una denuncia ante la Oficina de Control Disciplinario:
A. Verbal, que a su vez puede realizarse:
- Personalmente: acercándose a las dependencias de la Superintendencia Financiera de Colombia, calle 7 No. 4 – 49 Piso 5.
- Telefónicamente, llamando al teléfono (57 601) 5940200, extensión 2334.
B. Escrita, la cual puede realizarse a través de:
- En nuestra página de Internet, en el vinculo denominado “Quejas”, sección Quejas y Reclamaciones contra funcionarios de la Superintendencia Financiera de Colombia
- Correspondencia: enviando su denuncia a la calle 7 No. 4 – 49 Piso 5, Oficina de Control Disciplinario.
- Vía fax: (57 601) 3536311
Última modificación 07/09/2023