Resolución 0501 de 1.998
PRIMERO: Que la Sección IX del Capítulo IV del Título Segundo de la Resolución 400 de 1995, contiene las normas relativas a la oferta pública de valores exclusiva en el exterior.
SEGUNDO: Que a través de la Resolución 489 del 28 de julio de 1998, se introdujeron modificaciones al régimen de oferta pública exclusiva en el exterior y, en su artículo segundo adicionó un artículo identificado con el número 1.2.4.72, en el cual se establece un deber de información al emisor que vaya a realizar una oferta privada exclusiva en el exterior de títulos de contenido crediticio.
TERCERO: Que la Sección
X del Capítulo IV del Título Segundo de la Resolución
400 de 1995, en el cual se reglamenta lo relacionado con la oferta simultánea
en los mercados internacionales y en el mercado local, inicia con el artículo
1.2.4.72
ARTICULO PRIMERO: Aclarar el artículo segundo de la Resolución 489 del 28 de julio de 1998, en el sentido de que el artículo por el adicionado se identifica con el número 1.2.4.71.1
ARTICULO SEGUNDO:
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Última modificación 29/10/2012