No. de Radicado y Proceso |
Fecha Fallo |
Temas |
Resumen |
Sentencia |
2015-1705
2015101280 |
05 de septiembre de 2016 |
Contrato laboral -Contrato de prestación de servicios |
La cobertura por desempleo involuntario necesariamente conlleva el riesgo de perder un empleo existente al momento de tomar el seguro, lo que no ocurre en el caso de vinculaciones por prestación de servicios, ya que el vínculo civil excluye cualquier relación laboral, conforme lo dispuesto por el artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo. En el caso concreto, el contrato de prestación de servicios además terminó por el cumplimiento del plazo pactado por lo que no habría lugar a afectar la cobertura pretendida, toda vez que su ocurrencia no constituía un riesgo. |
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Última modificación 11/12/2017