¿Qué regímenes existen en Colombia?
En nuestro país hay dos maneras de tener pensión, conozcámoslas:
Régimen de Prima Media con Prestación Definida
Aquí las personas desde que empiezan a trabajar y las empresas donde ellas trabajan, entregan cada mes a Colpensiones, una entidad que reemplazó al Instituto de Seguros Sociales, una pequeña cantidad de dinero llamado “aporte”, el cual va a parar a un gran fondo. En ese gran fondo se reúnen todos los aportes de los empleados del país, quienes para reclamar la pensión deben esperar a cumplir determinada edad, diferente si hombre o mujer.
Pero no sólo se deben tener determinados años para pensionarse, también se debe haber cumplido un tiempo de trabajo para poder disfrutar de la pensión.
Una vez se cumpla la edad y el tiempo, el trabajador podrá reclamar su pensión, cuyo valor lo establece la ley y lo declarará Colpensiones (antes el Instituto de Seguros Sociales), dependiendo del salario de la persona en los últimos 10 años. Si en estos años su salario fue alto, su pensión será alta. Si por el contrario el salario fue bajo, la pensión también llegará baja.
Régimen de Ahorro individual con solidaridad
Aquí los empleados y sus empresas también deben realizar sus aportes cada mes, pero el dinero no va a parar a un gran fondo “de todos” si no que se crea un fondo por persona. También hay otras diferencias para conseguir la pensión, pues en este régimen no deben esperar a cumplir determinada edad (en la generalidad de los casos 55 ó 60 años para pensionarse, según si se es mujer u hmbre9, tampoco un tiempo de trabajo fijo; acá lo que se necesita es acumular un gran ahorro, es decir que sumando todos los aportes hechos por la persona y sus empresas (durante toda la vida de trabajo) se pueda reunir tanto dinero como para garantizarle a la persona poderle entregar mes a mes una pensión de por lo menos el 110% del salario mínimo legal mensual vigente. Este régimen lo manejan unas empresas llamadas Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantía.
Última modificación 24/01/2018