REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

S U P E R I N T E N D E N C I A D E V A L O R E S

RESOLUCIÓN NÚMERO 1004 DE
(20 de diciembre de 2002)


Por la cual se aprueba a la Bolsa de Valores de Colombia unas metodologías para la determinación de precios, tasas de referencia y márgenes que se pueden utilizar en la valoración de los TES Clase B de conformidad con la Resolución 1200 de 1995 y se le autoriza el sistema de información para la divulgación de los mismos.

EL SUPERINTENDENTE DE VALORES


En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el numeral 19 del artículo 3 del Decreto 2739 de 1991, y


C O N S I D E R A N D O

PRIMERO: Que de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 1 del artículo 1.7.1.2 y el literal a) del artículo 1.7.3.2.1 de la Resolución 1200 de 1995, corresponde a la Superintendencia de Valores aprobar las metodologías para determinar los precios, tasas de referencia y márgenes para la valoración de inversiones según lo previsto en los literales a) y b) del artículo 1.7.1.2 y los literales a) y b) del artículo 1.7.3.2.1 de la Resolución citada.

SEGUNDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 1 del artículo 1.7.1.2 y el literal b) del artículo 1.7.3.2.1 de la Resolución 1200 de 1995, corresponde a la Superintendencia de Valores autorizar la publicación diaria de precios, márgenes y tasas de referencia.

TERCERO: Que la Bolsa de Valores de Colombia mediante comunicación radicada el 27 de noviembre, con el número 20029-3550, solicitó la autorización de la metodología Nelson y Siegel para el cálculo de las curvas Cero Cupón para TES Clase B emitidos a tasa fija en pesos y en UVR. Este documento fue revisado conjuntamente con la Superintendencia Bancaria, determinando que los márgenes y tasas de referencia pueden ser establecidos mediante la utilización del procedimiento previsto en el documento mencionado, para efectos de lo previsto en el literal b) del artículo 1.7.1.2 y el literal b) del artículo 1.7.3.2.1 de la Resolución 1200 de 1995.
CUARTO: Que la Bolsa de Valores de Colombia, mediante comunicación radicada el 19 de diciembre con el número 20029-3550, remitió el documento técnico "Sistema Proveedor de Información para Valoración de Inversiones - Capitulo I Información para Valoración de TES Clase B". El contenido del mismo fue evaluado de forma conjunta con la Superintendencia Bancaria, considerando apropiado aprobar la metodología allí establecida para calcular los precios de los TES Clase B para efectos del literal a) del artículo 1.7.1.2 y el literal a) del artículo 1.7.3.2.1 de la Resolución 1200 de 1995 y autorizar a la Bolsa de Valores de Colombia para publicar diariamente los precios, márgenes y tasas de referencia de acuerdo con lo previsto en el parágrafo 1 del artículo 1.7.1.2 y el literal b) del artículo 1.7.3.2.1 de la Resolución citada.

R E S U E L V E

ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar a la Bolsa de Valores de Colombia la utilización de la metodología Nelson y Siegel en la forma descrita en el documento técnico titulado "Método de Estimación de la Curva Cero Cupón para Títulos TES tasa fija en pesos (CEC en pesos) y la Curva Cero Cupón para títulos TES en UVR (CEC en UVR)", anexo a la comunicación remitida por ella y radicada el 27 de noviembre de 2002 con el número 20029-3550, para determinar las tasas de referencia para los títulos emitidos a tasa fija en pesos y en unidades UVR según lo previsto en el literal b) del artículo 1.7.1.2 y el literal b) del artículo 1.7.3.2.1 de la Resolución 1200 de 1995.

ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar a la Bolsa de Valores de Colombia la utilización de la metodología descrita en el documento técnico titulado "Sistema Proveedor de Información para Valoración de Inversiones - Capitulo I Información para Valoración de TES Clase B", anexo a la comunicación remitida por ella el 19 de diciembre de 2002 y radicada bajo el número 20029-3550, para efectos de calcular los precios de los TES Clase B según lo previsto en el literal a) del artículo 1.7.1.2 y literal a) del artículo 1.7.3.2.1 de la Resolución 1200 de 1995.

ARTÍCULO TERCERO: Autorizar a la Bolsa de Valores de Colombia para que publique diariamente los precios, tasas de referencia y márgenes para la valoración de los TES Clase B, con estricta aplicación de lo previsto en documento técnico titulado "Sistema Proveedor de Información para Valoración de Inversiones - Capitulo I Información para Valoración de TES Clase B", anexo a la comunicación remitida el 19 de diciembre de 2002 radicada bajo el número 20029-3550.

ARTÍCULO CUARTO : Corresponde a la Bolsa de Valores de Colombia alimentar los modelos con información veraz y completa para garantizar la calidad y oportunidad en el suministro de los precios, las tasas de referencia y los márgenes de que tratan los literales a) y b) del artículo 1.7.1.2 y los literales a) y b) del artículo 1.7.3.2.1 de la Resolución 1200 de 1995 de la Superintendencia de Valores.

De acuerdo con lo previsto en el inciso segundo del parágrafo 1 del artículo 1.7.1.2. de la Resolución 1200 de 1995, la Bolsa de Valores de Colombia debe publicar las metodologías aprobadas y descritas en los documentos técnicos mencionados, antes de informar al público los precios, tasas de referencia y márgenes establecidos con base en las mismas.

ARTÍCULO QUINTO: Cualquier modificación que la Bolsa de Valores de Colombia introduzca a los documentos técnicos mencionados en los artículos primero, segundo y tercero de esta resolución deberá ser informada previamente a las Superintendencias Bancaria y de Valores, para que ésta última autorice su modificación y posterior utilización.

ARTÍCULO SEXTO: La presente resolución rige a partir de su fecha de publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los

El Superintendente de Valores (E),





JUAN FERNANDO LUCIO LÓPEZ