REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
RESOLUCIÓN NÚMERO 0386 DE
2003
( JUNIO 25 )
Por la cual se cancela una inscripción
en el
Registro Nacional de Valores e
Intermediarios
EL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA
INSPECCIÓN Y VIGILANCIA DEL MERCADO
en ejercicio de la atribución que le confiere el
numeral 3º, del artículo 3º del decreto 1609 de 2000, y
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que la Bolsa
de Bogotá S.A. –en liquidación- se encuentra sometida a la inspección y
vigilancia de la Superintendencia de Valores;
SEGUNDO: Que, según consta en el acta 126, correspondiente a
la reunión extraordinaria de la asamblea general de accionistas de la citada
Bolsa de Bogotá S.A., celebrada el 21 de diciembre de 2001, dicho órgano social
aprobó la disolución anticipada de la sociedad, la cual fue autorizada por esta
entidad mediante resolución 950, del 24 de diciembre de 2001;
TERCERO: Que, mediante escritura pública 5658 del 26 de
diciembre de 2001 otorgada en la notaría 1ª del círculo de Bogotá, se solemnizó
la reforma estatutaria que dicha decisión conlleva, la cual, según la
información suministrada, se inscribió en el registro mercantil que lleva la
cámara de comercio de la citada ciudad, el 26 de diciembre del mismo año;
CUARTO: Que mediante comunicación 20028-1653 del 27 de agosto
de 2002, la Bolsa de Bogotá S.A. -en liquidación - allegó a esta
Superintendencia copia del acuerdo celebrado entre esa sociedad y la Bolsa de
Valores de Colombia S.A., contentivo de los términos bajo los cuales ésta
última administrará la base de datos que contiene la información electrónica de
las negociaciones celebradas a través de la Bolsa de Bogotá S.A., desde 1991
hasta junio de 2001 y, el cual había sido requerido por esta entidad;
QUINTO: Que mediante resolución 0300 del 28 de mayo de 2002,
esta entidad aprobó el inventario del patrimonio social de la Bolsa de Bogotá
S.A. - en liquidación;
SEXTO: Que mediante comunicación 20035-612 radicada en esta
entidad el 12 de mayo de 2003, el representante legal de la sociedad en cita,
solicitó la cancelación de la inscripción de dicha sociedad en el Registro
Nacional de Valores e Intermediarios;
SÉPTIMO: Que, de conformidad con lo previsto por el literal
d) del artículo 4° de la ley 32 de 1979, la cancelación de la inscripción en el
Registro Nacional de Valores e Intermediarios de la Bolsa de Bogotá S.A. - en
liquidación es procedente, toda vez que la misma se encuentra en estado de
liquidación;
OCTAVO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
3º, numeral 3º, del decreto 1609 de 2000, corresponde al Superintendente
Delegado para Inspección y Vigilancia del Mercado ordenar la cancelación
voluntaria de intermediarios inscritos en el Registro Nacional de Valores e
Intermediarios;
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Cancelar la
inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de la Bolsa de
Bogotá S.A. –en liquidación.
ARTÍCULO SEGUNDO: Ordenar la
publicación de la presente resolución en el boletín del Ministerio de Hacienda
y Crédito Público, capítulo Superintendencia de Valores.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a
ALICIA VILLEGAS TRUJILLO
Superintendente Delegado para
Inspección y Vigilancia del Mercado
Notificar a: Doctor
Álvaro José Aparicio Escallón
Liquidador
Bolsa
de Bogotá S.A. - en liquidación –
Carrera 8 13 - 82, piso 7°
Bogotá D.C.