REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
RESOLUCIÓN NÚMERO 0225 DE
(ABRIL
24 DE 2003)
Por la cual se otorga un certificado de
autorización y se inscribe una sociedad comisionista de bolsa en el Registro
Nacional de Valores e Intermediarios
EL SUPERINTENDENTE DE VALORES
en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de la que le
confiere el artículo 1° del decreto 2016 de 1992, en concordancia con el
artículo 53, numeral 7° del estatuto orgánico del sistema financiero,
modificado por el artículo 2° de la ley 510 de 1999; del artículo 3° del
decreto 1608 de 2000 y los artículos 3° y 4° del decreto 1609 de 2000, y
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO: Que, mediante la
resolución 0133 del 11 de marzo de 2003, esta Superintendencia autorizó la
constitución de la sociedad Suma Valores S.A. Comisionista de Bolsa;
SEGUNDO: Que, mediante
comunicación radicada en esta Superintendencia el 15 de abril de 2003, bajo el
número 20034-1209, se allegaron la escritura pública 0767 del 14 de marzo de
2003, otorgada en la notaría 11 del círculo de Bogotá, D.C. y el certificado
expedido por la cámara de comercio de Bogotá, fechado el 28 de marzo de 2003,
documentos que acreditan la constitución regular de la sociedad mencionada en
precedencia, así como una certificación suscrita por el representante legal y
el revisor fiscal de dicha sociedad en la que consta el pago del capital, en los
términos dispuestos por las normas vigentes;
TERCERO: Que, de
acuerdo con lo dispuesto en el numeral 7º del artículo 53 del estatuto orgánico
del sistema financiero, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 1º del
decreto 2016 de 1992, corresponde a la Superintendencia de Valores expedir el
certificado de autorización dentro de los cinco días siguientes a la fecha en
que se acredite la constitución regular de una entidad que se someterá a la
inspección y vigilancia de la Superintendencia, al igual que el pago del
capital;
CUARTO: Que, de acuerdo con lo
dispuesto en el numeral 1° del artículo 3º del decreto 1609 de 2000, en
concordancia con el artículo 4° de la misma norma, el Superintendente de
Valores se encuentra facultado para ordenar la inscripción de intermediarios en
el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, y
QUINTO: Que la sociedad cumple
con las condiciones exigidas por el artículo 1.1.6.1. de la resolución 400 de
1995, expedida por la Sala General de la Superintendencia de Valores, para ser
inscrita en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios
R E S U E L V E
ARTÍCULO PRIMERO: Otorgar a
la sociedad Suma Valores S.A. Comisionista de Bolsa el certificado de
autorización de que trata el artículo 53, numeral 7º, del estatuto orgánico del
sistema financiero, con lo cual queda habilitada para desarrollar las
actividades comprendidas dentro de su objeto social.
ARTÍCULO SEGUNDO: Ordenar
la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de la
sociedad Suma Valores S.A. Comisionista de Bolsa.
ARTÍCULO TERCERO: La sociedad
Suma Valores S.A. Comisionista de Bolsa deberá pagar a la Superintendencia de
Valores la suma de TRES MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL PESOS MCTE
($3.504.000.oo) moneda corriente, por concepto de derechos de inscripción en el
Registro Nacional de Valores e Intermediarios, de conformidad con lo
establecido en el artículo 7° de la resolución 0478 del 18 de julio de 2002,
expedida por esta Superintendencia. Dicha suma deberá cancelarse en el Banco
Popular en formato de consignación de recaudo nacional, cuenta número
050-00122-1 Sucursal Bogotá, en efectivo o mediante cheque de gerencia a favor
de la Dirección del Tesoro Nacional, código 5006-01, Derechos de inscripción
Superintendencia de Valores, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a
la notificación de la presente resolución.
ARTÍCULO CUARTO: Notificar
personalmente el contenido de la presente resolución al representante legal de
la sociedad Suma Valores S.A. Comisionista de Bolsa, acto en el cual deberá
entregársele copia de la misma y advertírsele que contra ella procede el
recurso de reposición interpuesto ante la Superintendente de Valores, dentro de
los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
ARTÍCULO QUINTO: Ordenar
la publicación de la presente resolución, en el boletín del Ministerio de
Hacienda y Crédito público, capítulo Superintendencia de Valores.
Clemente del Valle Borráez
Superintendente de Valores
Notificar a: Doctor
Gustavo
Cadena Ahumada
Representante Legal
Suma Valores S.A. Comisionista de Bolsa
Carrera 7 N°. 73-47, Piso 4
Bogotá, D.C.