REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
 
SUPERINTENDENCIA DE VALORES
 
RESOLUCION NUMERO 0496 DE 1998
(Julio 31)
 
Por la cual se cancela la inscripción de unos títulos emitidos por un Patrimonio
Autónomo en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios
 
EL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA EMISORES,
en uso de sus facultades legales, y expresamente la consagrada
en el artículo 1o., numeral 3 del Decreto 193 de 1994, y
 
C O N S I D E R A N D O
 

PRIMERO: Que la Doctora  Martha Lucia Cortés Benavides en su calidad de Representante Legal de Santander  Investment  Trust Colombia S.A., administrador de la emisión de los Títulos de Participación Inmobiliaria emitidos por el Fideicomiso Corfiboyacá-Edificio Mobil,  allegó los documentos necesarios para la cancelación de dichos títulos  mediante comunicación  radicada bajo el número 19987-13647 del 24 de julio de 1998;

 
SEGUNDO: Que los Títulos de Participación Inmobiliaria emitidos por el Fideicomiso Corfiboyacá-Edificio Mobil, fueron inscritos en el Registro Nacional de  Valores e Intermediarios  mediante Resolución  40 del 16 de enero de 1997,  expedida por la Superintendencia de Valores;
 

TERCERO: Que los Títulos de Participación Inmobiliaria emitidos por el Fideicomiso Corfiboyacá-Edificio Mobil,  cuya inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios se solicita cancelar, fueron redimidos y cancelados anticipadamente de acuerdo con la certificaciones del constituyente originador CORFIANDES S.A. en su condición de absorbente de la sociedad CORFIBOYACA S.A. de fecha 13 de julio de 1998 y de Santander Investment Trust Colombia S.A. en su condición de administradores de la emisión de fecha 22 de julio de 1998, radicadas con el número
19987-13647 del 24 de julio de 1998;
 

CUARTO: Que los Títulos de Participación Inmobiliaria emitidos por el Fideicomiso Corfiboyacá-Edificio Mobil, cumplen con la  totalidad de  los requisitos establecidos en el artículo 1.1.4.6 de la Resolución 400 de 1995, expedida por la Sala General de la Superintendencia de Valores para efectos de obtener la cancelación de la inscripción, en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios;

QUINTO: Que en virtud de lo establecido en el artículo 1o.  numeral 3 del Decreto 193 de 1994, corresponde al Superintendente Delegado para Emisores ordenar la cancelación voluntaria de  la inscripción de un valor en el Registro Nacional de Valores  e Intermediarios, a instancias del emisor y previo el lleno de  los requisitos previstos para el efecto,
 
 

R E S U E L V E
 
 

ARTICULO PRIMERO: Cancelar  la inscripción  de los Títulos de Participación Inmobiliaria emitidos por el Fideicomiso Corfiboyacá-Edificio Mobil, en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios.
 

ARTICULO SEGUNDO: Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse ante el Superintendente Delegado para Emisores dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación.
 

NOTIFIQUESE,  PUBLIQUESE Y CUMPLASE
 Dada en Santa Fe de Bogotá D.C. a
 
 
 
CESAR  EDGAR RUEDA GOMEZ
Superintendente Delegado para Emisores (E)
 

NOTIFICAR A: Doctora
MARTHA LUCIA CORTES BENAVIDES
Representante Legal
SANTANDER INVESTMENT TRUST COLOMBIA S.A.
Cra 13 No. 28-17 P-5
Teléfono 2882100
Santa Fe de Bogotá.