PRIMERO: Que el Doctor
Jaime Eduardo Santos Mera, en su calidad de Representante Legal de
la sociedad Banco Colpatria Red Multibanca Colpatria
S.A., mediante escrito radicado el 30 de septiembre de 1998, bajo
el número 19989-
18373, solicitó
la cancelación de la inscripción de los Bonos Obligatoriamente
Convertibles en Acciones emisión 1994 de esa Sociedad
en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios.
SEGUNDO: Que los
Bonos Obligatoriamente Convertibles en Acciones emisión 1994
de la sociedad Banco Colpatria Red Multibanca Colpatria
S.A., fueron inscritos en el Registro Nacional de Valores e
Intermediarios mediante Resolución No. 1268 del 9 de
diciembre de 1994, de la Superintendencia de Valores.
TERCERO: Que los
Bonos Obligatoriamente Convertibles en Acciones emisión 1994
cuya inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios
se solicita cancelar fueron reembolsados anticipadamente de acuerdo con
la certificación
expedida por
Fiduciaria de Crédito S.A. como Representantes Legales de los Tenedores
de los Bonos y el Representante Legal y el Revisor Fiscal de la Sociedad
Emisora según oficio radicado en esta Superintendencia el
30 de septiembre de 1998 bajo el número
19989-18373.
CUARTO: Que la sociedad Banco Colpatria Red Multibanca Colpatria S.A., cumple con la totalidad de los requisitos establecidos en el artículo 1.1.4.6. de la Resolución 400 de 1995, expedida por la Superintendencia de Valores para efectos de obtener la cancelación de la inscripción de los Bonos Obligatoriamente Convertibles en Acciones en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios.
QUINTO: Que en virtud
de lo establecido en el artículo 1o. numeral 3 del Decreto 193 de
1994, corresponde al Superintendente Delegado para Emisores ordenar la
cancelación voluntaria de la inscripción de un valor en el
Registro Nacional de Valores
e Intermediarios,
a instancias del emisor y previo el lleno de los requisitos previstos para
el efecto,
ARTICULO PRIMERO:
Cancelar la inscripción de los Bonos Obligatoriamente Convertibles
en Acciones emisión 1994 de la Sociedad Banco Colpatria
Red Multibanca Colpatria S.A., en el Registro Nacional de Valores
e Intermediarios.
ARTICULO SEGUNDO:
Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición,
el cual podrá interponerse ante el Superintendente Delegado para
Emisores dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes
a su notificación.
NOTIFICAR A: Doctor
JAIME EDUARDO SANTOS
MERA
Representante Legal
BANCO COLPATRIA
RED MULTIBANCA COLPATRIA S.A.
Cra 7 No. 24-89,
Piso 33
Santa Fe de Bogotá
D.C.