REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
 
SUPERINTENDENCIA DE VALORES
 
RESOLUCION NUMERO 0179 DE 1.998
(Marzo 17)
 
Por la cual se revoca un acto administrativo
 
EL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA EMISORES,
en uso de sus atribuciones legales y en especial de
las conferidas por  el decreto 193 de 1994,
 
CONSIDERANDO:
 

PRIMERO: Que en atención a que según los reportes de la Bolsa de Bogotá la última transacción de acciones de la SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y DE CESANTÍA DAVIVIR S. A.  se realizó el 30 de diciembre de 1996,  esta Superintendencia mediante oficio 199712-1370 del 30 de diciembre de 1997, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 1.1.1.4 le requirió a dicha sociedad que informara a más tardar el 14 de enero del año en curso si proyectaba realizar una oferta pública en el mercado primario o, si se tenía conocimiento de que algún accionista hiciere lo propio en el mercado secundario, a efecto de enervar la causal de cancelación prevista en el numeral 1º. del artículo 1.1.13 de la Resolución 400 de 1995.
 

SEGUNDO:  Que mediante documento radicado bajo el número 199712-1370 el 7 de enero de 1998, la Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y de Cesantía Davivir S.A., en respuesta al requerimiento mencionado en el considerando precedente manifestó que:  “En atención a su comunicación citada en la referencia, de manera comedida informamos que efectivamente la sociedad
Administradora de Fondos de Pensiones y de Cesantía DAVIVIR S. A. en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 91 de la Ley 100 de 1993, proyecta en los primeros meses del presente año, ofrecer públicamente acciones a entidades del sector social solidario y afiliados al Régimen de Ahorro Individual.
 

Como lo informamos oportunamente ya hemos procedido al aumento del capital autorizado requerido para el efecto. Una vez obtengamos aprobación del Reglamento de Colocación de Acciones por parte de la Superintendencia Bancaria, estaremos remitiendo a dicha entidad toda la comunicación correspondiente a la Oferta Pública del 20% del capital social.”
 

TERCERO: Que no obstante lo anterior, esta Superintendencia mediante Resolución 121 del 17 de febrero de 1998, ordenó la cancelación de la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de las acciones emitidas por la Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y de Cesantía Davivir S. A.
 

Por la cual se revoca un acto administrativo
 

CUARTO: Que conforme lo establece el artículo 69 del Código Contencioso Administrativo los actos administrativos deberán ser revocados por los mismos funcionarios que los haya expedido o por sus inmediatos funcionarios, de oficio  o a solicitud de parte,  entre otros casos, cuando con ellos se cause un agravio injustificado a una persona.

QUINTO: Que de acuerdo con lo consagrado en el artículo 71 del Código Contencioso Administrativo, la revocatoria puede cumplirse en cualquier tiempo.

SEXTO: Que la Resolución 121 del 17 de febrero de 1998, la cual a la fecha no se encuentra en firme, se expidió no obstante que el emisor de las acciones había informado oportunamente su intención de realizar dentro de los primeros meses del presente año una oferta pública en mercado primario, razón por la cual el citado acto administrativo causó un agravio injustificado a la Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y de Cesantía DAVIVIR S. A.

Con fundamento en lo expresado el Despacho:
 

RESUELVE:
 

ARTICULO PRIMERO: Revocar la Resolución número 121 del 17 de febrero de 1998,  por la cual se canceló la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de las acciones de la SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y DE CESANTÍA DAVIVIR S.A.

ARTICULO SEGUNDO: En atención a la extinción por revocatoria de la citada resolución 121, la oferta pública de acciones deberá realizarse a más tardar el 30 de abril de 1998, fecha en la cual vencen los cuatro meses de que trata el artículo 1.1.1.4 de la Resolución 400 de 1995. En el evento en que en la fecha estipulada no se haya efectuado la oferta pública, se ordenará la cancelación de la inscripción de las acciones en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios.
 

NOTIFIQUESE PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., a
 
 
 
 
HECTOR ARMANDO SAN MIGUEL ARIAS
Superintendente Delegado para Emisores
 

NOTIFICAR A: Doctor
MAURICIO AMADOR ANDRADE
Representante Legal
Sociedad Administradora de Fondos de
Pensiones y de Cesantía Davivir S. A.
Carrera 10ª. No. 16-39, Piso 8
Santa Fe de Bogotá, D. C.

CERG:AVP/cpr.-