PRIMERO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1o. del artículo 3o. del decreto 193 de 1994, corresponde al Superintendente Delegado para Intermediarios de Valores y demás Entidades Vigiladas ordenar la inscripción de intermediarios en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios que lleva la Superintendencia de Valores;
SEGUNDO: Que la doctora María Eugenia Gómez Quintero, en su condición de representante legal de la sociedad Fiduciaria BankBoston Trust S.A. BANK BOSTON TRUST S.A., mediante comunicaciones radicadas en esta Superintendencia los días 7 y 15 de septiembre, bajo el número 19989-16511, solicitó la inscripción de dicha entidad en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, y
TERCERO: Que la entidad mencionada en el considerando anterior reúne los requisitos exigidos para ser inscrita en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.1. de la circular externa 002 del 10 de enero de 1997, expedida por esta Superintendencia.
RESUELVE
ARTICULO PRIMERO.-
Inscribir en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios
a la sociedad Fiduciaria
BankBoston Trust S.A. BANK BOSTON TRUST S.A., para
realizar labores de
intermediación en el mercado público de valores, en los términos
de los
artículos 1.5.1.1. y siguientes de la resolución 400 de 1995,
expedida por esta entidad.
PARAGRAFO.- La inscripción ordenada mediante la presente resolución no implica que la entidad en cita se encuentra sujeta a la inspección y vigilancia de la Superintendencia de Valores.
ARTICULO SEGUNDO.-
La sociedad Fiduciaria BankBoston Trust S.A. BANK BOSTON
TRUST S.A., deberá actualizar, dentro de los tres (3) primeros meses
de cada
año, la información suministrada para efectos de la inscripción
ordenada en el artículo
anterior, enviando el formulario que para tal fin ha establecido
la Superintendencia
de Valores, tal como lo dispone el artículo 1.1.6.2. de la señalada
resolución
400 de 1995.
Así mismo,
la mencionada sociedad Fiduciaria deberá cumplir con las obligaciones
previstas en los artículos
1.1.6.1., 1.5.3.3. y 1.5.3.4. de la resolución 400 de 1995,
expedida por esta entidad.
ARTICULO TERCERO.- La entidad antes mencionada deberá pagar a la Superintendencia de Valores la suma de un millón doscientos veinte mil pesos ($1’220.000.oo) moneda corriente, por concepto de derechos de inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, de conformidad con lo establecido en los artículos 2.1.1.7. y 2.1.4.1. de la resolución 1200 de 1995, expedida por la Superintendencia de Valores. Dicha suma deberá cancelarse en el Banco Popular, en formato de consignación de recaudo nacional, cuenta No. 050-000249 sucursal Bogotá, en efectivo o mediante cheque de gerencia a favor de la Dirección del Tesoro Nacional, código 5006-01 Derechos de Inscripción-Superintendencia de Valores, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución.
ARTICULO CUARTO.-
Ordenar la publicación de la presente resolución en el boletín
del Ministerio de Hacienda
y Crédito Público, capítulo Superintendencia de Valores.
Notificar a: Doctora
María Eugenia
Gómez Quintero
Representante Legal
Fiduciaria BankBoston
Trust S.A. BANK BOSTON TRUST S.A.
Calle
77 11-19 oficina 501
Santa Fe de Bogotá,
D.C.