PRIMERO: Que el Doctor Eduardo Peláez Herrán, en su calidad de Representante Legal de la sociedad Asociación para la Vivienda Popular Simón Bolívar, mediante escrito radicado el 23 de julio de 1998 , bajo el número 19987-13481 solicitó la cancelación de la inscripción de los Bonos Ordinarios de esa sociedad en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios;
SEGUNDO: Que los
Bonos Ordinarios de la sociedad Asociación para la Vivienda
Popular Simón Bolívar relacionados anteriormente fueron inscritos
en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios mediante
Resolución 198 del 27
de febrero de 1996, bajo el régimen de inscripción
anticipada, expedida por la Superintendencia de Valores;
TERCERO: Que sobre
los Bonos Ordinarios, cuya inscripción en el Registro Nacional
de Valores e Intermediarios se solicita cancelar, no se hizo ninguna publicación
de aviso de oferta, no existe ningún contrato de aval vigente, ni
contrato de representación legal de tenedores de bonos, de acuerdo
a lo comunicado por el Representante Legal de la sociedad mencionada en
el oficio No.19987-13481 del 23 de julio de 1998 ;
CUARTO: Que la sociedad
Asociación para la Vivienda Popular Simón Bolívar,
cumple con la totalidad de los requisitos establecidos en el
artículo 1.1.4.6 de la Resolución 400 de 1995, expedida por
la Sala General de la Superintendencia de Valores para efectos de obtener
la cancelación de la inscripción de los Bonos Ordinarios
en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios;
QUINTO: Que en virtud
de lo establecido en el artículo 1o. numeral 3 del Decreto
193 de 1994, corresponde al Superintendente Delegado para Emisores ordenar
la cancelación voluntaria de la inscripción de un valor
en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, a instancias
del emisor y previo el lleno de los requisitos previstos para el
efecto,
ARTICULO PRIMERO:
Cancelar la inscripción de los Bonos Ordinarios de la
sociedad Asociación para la Vivienda Popular Simón Bolívar
, en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios.
ARTICULO SEGUNDO:
Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición,
el cual podrá interponerse ante el Superintendente Delegado para
Emisores dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes
a su notificación.
NOTIFICAR A: Doctor
EDUARDO PELAEZ HERRAN
Representante Legal
Asociación
para la Vivienda Popular Simón Bolívar
Avda. 39 No. 14-66
Teléfono
2872213/2883397
Santa Fe de Bogotá
D.C.