PRIMERO: Que las
acciones de la sociedad Agroganadera del Valle del Cauca S.A.
fueron inscritas en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios mediante
Resolución 191 del 12 de septiembre de 1983 de
la Comisión Nacional de Valores hoy Superintendencia de Valores.
SEGUNDO: Que
la Asamblea General de Accionistas de la sociedad Agroganadera
del Valle del Cauca S.A. en reunión extraordinaria del 3 de septiembre
de 1998 y como consta en el Acta No.055 aprobó
la disolución anticipada de la sociedad en mención.
TERCERO: Que mediante
Escritura Pública número 1760 del 16 de septiembre
de 1998, otorgada en la notaría Quinta del Círculo
Notarial de Cali, debidamente inscrita en el Registro Mercantil,
se protocolizó la disolución de la sociedad Agroganadera
del Valle del Cauca S.A.
CUARTO: Que de acuerdo
con lo establecido en el artículo 222 del Código de Comercio
una vez disuelta la sociedad, se procederá de inmediato a su liquidación.
QUINTO: Que conforme a lo establecido en el numeral 4o. del artículo 1.1.1.3 de la Resolución 400 de 1995, cuando la sociedad emisora de las acciones inscritas en el Registro entre en proceso de liquidación, la Superintendencia de Valores deberá cancelar la inscripción de los títulos de la respectiva sociedad en el Registro Nacional de Valores.
SEXTO: Que en virtud
de lo establecido en el artículo 1o. numeral 4o. del Decreto 193
de 1994, corresponde al Superintendente Delegado para Emisores, organizar
y llevar el Registro Nacional de Valores e Intermediarios y velar por su
permanente actualización y correcto manejo.
ARTICULO PRIMERO: Cancelar la inscripción de las acciones de la sociedad Agroganadera del Valle del Cauca S.A., en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios.
ARTICULO SEGUNDO: Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo de la Superintendencia de Valores.
ARTICULO TERCERO:
Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición,
el cual podrá interponerse ante el Superintendente Delegado para
Emisores dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes
a su notificación.
NOTIFICAR A:
Doctor
JOSE FERNANDO SUSO
AYERBE
Liquidador
AGROGANADERA
DEL VALLE DEL CAUCA S.A.
Av. 5 CN # 24 N
42
Teléfono
6678220 – Fax 6617362
Cali