PRIMERO: Que mediante Resolución No. 171 del 26 de febrero de 1.997 expedida por la Superintendencia de Valores, se ordenó la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de las acciones ordinarias emitidas por la sociedad Sidelpa Inversiones S. A. Igualmente, dichas acciones se encuentran inscritas en la Bolsa de Occidente;
SEGUNDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 1.1.1.3 de la Resolución 400 del 22 de mayo de 1995 expedida por la Sala General de la Superintendencia de Valores, el cual fue modificado por el artículo 1o. de la Resolución 1365 del 27 de diciembre de 1996, se deberá cancelar la inscripción de acciones en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, cuando la misma verse sobre acciones inscritas en bolsa que no se hubieren transado durante los últimos doce (12) meses, salvo que la sociedad emisora tenga por lo menos quinientos accionistas o que dentro de los tres últimos años el Estado hubiere enajenado su participación en la misma.
TERCERO: Que según los reportes enviados por la Bolsa de Occidente, las acciones de la sociedad Sidelpa Inversiones S. A. fueron inscritas en dicha bolsa el 11 de abril de 1997 y desde esa fecha hasta el día de hoy, no ha efectuado transacción alguna, por lo tanto estas acciones se encuentran incursas en la causal de cancelación expuesta en el considerando anterior.
CUARTO: Que de acuerdo con el artículo 1.1.1.4 de la Resolución 400, modificado por el artículo 2o. de la Resolución 1365, la sociedad Sidelpa Inversiones S. A. podrá enervar la causal de cancelación de la inscripción por falta de negociación bursátil, si realiza una oferta pública de acciones en el mercado primario o un accionista de la misma realiza una oferta pública en el mercado secundario, según los términos contemplados en el artículo mencionado en este considerando.
QUINTO: Que conforme
a lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 1.1.1.4. de la
Resolución 400, esta entidad mediante oficio 19984-6632 del 15 de
abril de 1998 requirió a dicha Sociedad para que a más tardar
el 30 de abril de 1998 informara si proyectaba realizar una oferta pública
en el mercado primario o si se tenía conocimiento de que algún
accionista hiciere lo propio en el mercado secundario.
SEXTO : Que la sociedad
Sidelpa Inversiones S. A. no respondió el requerimiento.
ARTICULO PRIMERO:
Ordenar la cancelación de la inscripción en el Registro Nacional
de Valores e Intermediarios de las acciones emitidas por la sociedad
Sidelpa Inversiones S. A.
ARTICULO SEGUNDO:
Ordenar la publicación de esta resolución en el boletín
del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, capítulo
Superintendencia de Valores.
ARTICULO TERCERO:
Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición
el cual podrá interponerse ante el Superintendente Delegado para
Emisores dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes
a su notificación.
NOTIFICAR A: Doctor
EMILIO DE JESUS
MIRA VASQUEZ
Representante Legal
Sidelpa Inversiones
S. A.
Carrera 37 No. 12
A 63
Urbanización
Industrial Acopi
Yumbo - Valle