PRIMERO: Que mediante
Resolución No. 477 del 15 de junio de 1.994 expedida por la Superintendencia
de Valores, se ordenó la inscripción en el Registro Nacional
de Valores e Intermediarios de las acciones ordinarias emitidas por la
sociedad Banco de Comercio Exterior de Colombia S. A. “Bancoldex”. Igualmente,
dichas acciones se encuentran inscritas en la Bolsa de Bogotá;
SEGUNDO: Que de conformidad
con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 1.1.1.3 de la
Resolución 400 del 22 de mayo de 1995 expedida por la Sala General
de la Superintendencia de Valores, el cual fue modificado por el artículo
1o. de la Resolución 1365 del 27 de diciembre de 1996, se deberá
cancelar la inscripción de acciones en el Registro Nacional de Valores
e Intermediarios, cuando la misma verse sobre acciones inscritas en bolsa
que no se hubieren transado durante los últimos doce (12) meses,
salvo que la sociedad emisora tenga por lo menos quinientos accionistas
o que dentro de los tres últimos años el Estado hubiere enajenado
su participación en la misma.
TERCERO: Que
desde su fecha de inscripción en la Bolsa de Bogotá no se
ha efectuado ninguna transacción en la misma.
CUARTO: Que de acuerdo
con el artículo 1.1.1.4 de la Resolución 400, modificado
por el artículo 2o. de la Resolución 1365, la sociedad Banco
de Comercio Exterior de Colombia S. A. “Bancoldex” podrá enervar
la causal de cancelación de la inscripción por falta de negociación
bursátil, si realiza una oferta pública de acciones en el
mercado primario o un accionista de la misma realiza una oferta pública
en el mercado secundario, según los términos contemplados
en el artículo mencionado en este considerando.
QUINTO: Que conforme a lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 1.1.1.4. de la Resolución 400, esta entidad mediante oficio 199810-18429 del 1 de octubre de 1998 requirió a dicha sociedad para que a más tardar el 16 de octubre de 1998 informara si proyectaba realizar una oferta pública en el mercado primario o si se tenía conocimiento de que algún accionista hiciere lo propio en el mercado secundario.
SEXTO: Que el Banco
de Comercio Exterior de Colombia S. A. “Bancoldex” contestó
el requerimiento el 8 de octubre de 1998 informando una transacción
de acciones que corresponde a acciones privilegiadas y no a acciones ordinarias,
situación que les fue aclarada en nuestra comunicación del
14 de octubre de 1998 en la cual se confirmó que el requerimiento
inicial hace referencia es a las acciones ordinarias que se encuentran
en causal de cancelación y en la que se otorgó un nuevo plazo
hasta el 26 de octubre de 1998 para confirmar la realización de
oferta pública.
SEPTIMO: Que el Banco
de Comercio Exterior de Colombia S. A. “Bancoldex” respondió el
23 de octubre del presente año con el número de radicación
199810-18429, lo siguiente: "Sobre el particular, me permito informarle
que, a la fecha, el Banco no proyecta realizar una oferta pública
de sus acciones ordinarias en el mercado primario. Por otra parte, ningún
accionista nos ha
comunicado su intención de realizar una oferta pública de
las mismas en el mercado secundario”.
ARTICULO PRIMERO: Ordenar la cancelación de la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de las acciones ordinarias emitidas por la sociedad Banco de Comercio Exterior de Colombia S. A. “Bancoldex”.
ARTICULO SEGUNDO:
Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición
el cual podrá interponerse ante el Superintendente Delegado para
Emisores dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes
a su notificación.
NOTIFICAR A: Doctora
MARIA PATRICIA ECHEVERRI
MARQUEZ
Vicepresidente Secretaria
Banco de Comercio
Exterior de Colombia S. A. “Bancoldex”
Calle 28 No. 13
A 15, Piso 40.
Santa Fe de Bogotá.
D. C.