REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
 
SUPERINTENDENCIA DE VALORES
 
RESOLUCION NUMERO 0257 DE 1.998
(Abril 21)
 
Por la cual se cancela una inscripción en el
Registro Nacional de Valores e Intermediarios
 
EL SUPERINTENDENTE DE VALORES
 
en ejercicio de la atribución que le confiere la letra b) del numeral 4º. del
artículo 12 de la ley 32 de 1979, en concordancia con el
artículo 5º., letra e), del decreto 2739 de 1991, y
 
C O N S I D E R A N D O
 

PRIMERO:  Que la Comisión Nacional de Valores, hoy Superintendencia de Valores, mediante resolución número 021 del 11 de febrero de 1981, inscribió en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios a la sociedad Martínez, Guerra, Gutiérrez y Cía. S.C. hoy Pronta de Valores S.A. Comisionista de Bolsa;

SEGUNDO:  Que según consta en el acta número 24, correspondiente a la reunión extraordinaria de la asamblea general de accionistas celebrada el 25 de junio de 1997, dicho órgano social aprobó la reforma estatutaria consistente en la disolución anticipada de Pronta de Valores S.A. Comisionista de Bolsa;

TERCERO:  Que mediante escritura pública número 03754 del 9 de septiembre de 1997, otorgada en la Notaría 5º. del Círculo de Santa Fe de Bogotá, se solemnizó dicha reforma estatutaria, la cual se inscribió en el registro mercantil el día 18 de septiembre de 1997, según consta en el certificado expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá del 9 del mismo mes y año;

CUARTO:  Que el representante legal de Pronta de Valores S.A. Comisionista de Bolsa, mediante comunicaciones radicadas bajo los números 9716264-1 y 2 solicitó la cancelación de la inscripción de la sociedad en el Registro Nacional de Valores e
Intermediarios;

QUINTO:  Que, de acuerdo con lo expresado en los considerandos anteriores, la sociedad comisionista de bolsa Pronta de Valores S.A., por disposición de su asamblea general de accionistas, se disolvió y actualmente se encuentra en proceso liquidatorio, razón por la cual es procedente cancelar su inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, y

SEXTO:  Que, de conformidad con lo dispuesto en la letra b) del numeral 4º. del artículo 12 de la ley 32 de 1979, en concordancia con el artículo 5º., letra e), del decreto 2739 de 1991, corresponde al Superintendente de Valores ordenar la cancelación de intermediarios en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios.
 

R E S U E L V E
 

ARTÍCULO PRIMERO:  Cancelar la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de la sociedad Pronta de Valores S.A. Comisionista de Bolsa.

ARTÍCULO SEGUNDO:  Ordenar la publicación de la presente resolución en el boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, capítulo Superintendencia de Valores.
 

 NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
 Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., a
 
 
 
Andrés Uribe Arango
Superintendente de  Valores
 
 
 

Notificar a: Doctor
César Augusto Vásquez Vargas
Liquidador
Pronta de Valores S.A. en liquidación
Comisionista de Bolsa
Santa Fe de Bogotá,  D.C.