PRIMERO: Que conforme
a lo establecido en el artículo 1o. numeral 4o. del Decreto 193
de 1994, corresponde al Superintendente Delegado para Emisores, organizar
y llevar el Registro Nacional de Valores e Intermediarios y velar por su
permanente actualización y correcto manejo.
SEGUNDO: Que las
acciones de la sociedad Aseguradora Grancolombiana S. A. fueron inscritas
en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios mediante Resolución
413 del 5 de septiembre de 1989, de la Comisión Nacional de Valores
hoy Superintendencia de Valores.
TERCERO: Que conforme
a lo establecido en el numeral 4o. del artículo 1.1.1.3. de la Resolución
400 de 1995, cuando la sociedad emisora de las acciones inscritas en el
Registro Nacional de Valores e Intermediarios entre en proceso de liquidación,
la Superintendencia de Valores deberá cancelar la inscripción
de los títulos de la respectiva sociedad en el Registro Nacional
de Valores e Intermediarios.
CUARTO: Que la Superintendencia Bancaria mediante Resolución 0214 del 27 de febrero de 1998, ordenó la toma de posesión de los bienes, haberes y negocios de Aseguradora Grancolombiana S. A. con el objeto de proceder a su liquidación.
ARTICULO PRIMERO:
Cancelar la inscripción de las acciones de la sociedad Aseguradora
Grancolombiana S. A. en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios.
ARTICULO SEGUNDO:
Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín
del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo
de la Superintendencia de Valores.
ARTICULO TERCERO:
Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición,
el cual podrá interponerse ante el Superintendente Delegado para
Emisores dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes
a su notificación.
NOTIFICAR A:
Doctor
RAFAEL H. LARA MAYORGA
Liquidador
Aseguradora Grancolombiana
S. A.
Calle 93 No. 11-26
Santa Fe de Bogotá,
D. C.
CERG:AVP/cpr.-