REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SUPERINTENDENCIA DE VALORES
RESOLUCION NUMERO 0833 DE 1998
(26 DE OCTUBRE)
Por la cual se cancela la inscripción de unas acciones privilegiadas en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios
EL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA EMISORES,
En ejercicio de sus facultades legales, y en especial de la que le confiere el artículo 1o., numeral 15 del Decreto 193 de 1994, y
C O N S I D E R A N D O

PRIMERO: Que mediante Resolución No. 467 del 5 de diciembre de 1.985 expedida
por la Comisión Nacional de Valores hoy Superintendencia de Valores, se ordenó la
inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de las acciones
privilegiadas emitidas por la sociedad Productora de Hilados y Tejidos Unica S. A.
Igualmente, dichas acciones se encuentran inscritas en la Bolsa de Bogotá;
 

SEGUNDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 1.1.1.3
de la Resolución 400 del 22 de mayo de 1995 expedida por la Sala General de la
Superintendencia de Valores, el cual fue modificado por el artículo 1o. de la Resolución
1365 del 27 de diciembre de 1996, se deberá cancelar la inscripción de acciones en el
Registro Nacional de Valores e Intermediarios, cuando la misma verse sobre acciones
inscritas en bolsa que no se hubieren transado durante los últimos doce (12) meses,
salvo que la sociedad emisora tenga por lo menos quinientos accionistas o que dentro
de los tres últimos años el Estado hubiere enajenado su participación en la misma.
 

TERCERO:  Que según los reportes enviados por la Bolsa de Bogotá, la última
transacción de las acciones de la sociedad Productora de Hilados y Tejidos Unica S. A.
fue efectuada el 24 de marzo de 1995;
 

CUARTO: Que de acuerdo con el artículo 1.1.1.4  de la Resolución 400, modificado por
el artículo 2o. de la Resolución 1365, la sociedad Productora de Hilados y Tejidos
Unica S. A. podrá enervar la causal de cancelación de la inscripción por falta de
negociación bursátil, si realiza una oferta pública de acciones en el mercado primario o
un accionista de la misma realiza una oferta pública en el mercado secundario, según
los términos contemplados en el artículo mencionado en este considerando.
 

QUINTO: Que conforme a lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 1.1.1.4. de la
Resolución 400, esta entidad mediante oficio 199810-18425 del 1  de octubre de 1998
requirió a dicha sociedad para que a más tardar el 16 de octubre de 1998 informara si
proyectaba realizar una oferta pública en el mercado primario o si se tenía
conocimiento de que algún accionista hiciere lo propio en el mercado secundario.
 
SEXTO: Que la sociedad Productora de Hilados y Tejidos Unica S. A. respondió el
21de octubre de 1998 con oficio radicado con el No. 199810-18425: "Inmediatamente se
recibió la comunicación de la referencia se consultó el tema con los principales accionistas de la Compañía, quienes expresaron su imposibilidad de enervar la causal de cancelación mediante la realización de una oferta pública de adquisición de acciones en el mercado secundario y de otro lado la Empresa no encuentra viable el efectuar una emisión de acciones que implique el desarrollo de una oferta pública en el mercado primario.

Por lo expuesto y no obstante conocer la importancia de que las acciones de la Compañía se encuentren inscritas en el mercado de valores no vemos posibilidades de cambiar la situación que conlleva a la cancelación de la citada inscripción.”

R E S U E L V E
 

ARTICULO PRIMERO: Ordenar la cancelación de la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios  de las acciones privilegiadas emitidas por la sociedad Productora de Hilados y Tejidos Unica S. A.

 
ARTICULO SEGUNDO: Contra la presente Resolución procede el recurso de
reposición el cual podrá interponerse ante el Superintendente Delegado para Emisores
dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación.
 

NOTIFIQUESE,  PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santafé de Bogotá D. C., a
 
HECTOR ARMANDO SANMIGUEL ARIAS
 Superintendente Delegado para Emisores
 
 
 

NOTIFICAR A: Doctor
JORGE EDUARDO MUÑOZ ARBELAEZ
Representante Legal
Productora de Hilados y Tejidos Unica S. A.
Zona Industrial La Enea Manizales