REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
 
SUPERINTENDENCIA DE VALORES
 
RESOLUCION NUMERO 0492 DE 1.998
(Julio 30)
 
 
Por la cual se cancela la inscripción de unos Bonos
Obligatoriamente convertibles en Acciones en el
Registro Nacional de Valores e Intermediarios
 
 
 EL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA EMISORES
 en uso de sus facultades legales, y expresamente la consagrada
 en el artículo 1o., numeral 3 del Decreto 193 de 1994, y
 
 
C O N S I D E R A N D O
 

PRIMERO: Que el Doctor  Eduardo Bettin Vallejo  en su calidad  de Representante Legal de la sociedad  Acerías Paz del Río S.A.,  mediante escrito radicado el 24 de julio de 1998 , bajo  el   número 19987-13561, solicitó la cancelación de  la inscripción de los Bonos Obligatoriamente Convertibles en Acciones emision 1996 de esa Sociedad en el Registro  Nacional  de Valores e Intermediarios.
 

SEGUNDO: Que los Bonos Obligatoriamente Convertibles en  Acciones emisión  1996  de la sociedad Acerías Paz del Río S.A. fueron inscritos en el Registro Nacional de Valores  e  Intermediarios mediante Resolución  729  del  20  de  septiembre de 1996 de la  Superintendencia de Valores.
 

TERCERO: Que los Bonos Obligatoriamente Convertibles en Acciones emisión 1996 cuya inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios se solicita cancelar fueron convertidos en acciones en su totalidad de acuerdo con la certificación expedida por Fiduciaria Petrolera S.A. - FIDUPETROL  como Representantes Legales de los Tenedores de los Bonos y el  Representante Legal y el Revisor Fiscal de la Sociedad Emisora según  oficio radicado en esta Superintendencia el 24 de julio de 1998   bajo  el número  19987-13561.
 

CUARTO: Que la Bolsa de Bogotá canceló la inscripción de los Bonos Obligatoriamente Convertibles en Acciones emisión  1996   según consta en el oficio número 110-06444  del  22   de julio de 1998, radicado en  esta Superintendencia el 24  de julio     de 1998   , bajo el número 19987-13561 .
 

QUINTO: Que la sociedad Acerías Paz del Río S.A. , cumple con la  totalidad de  los requisitos establecidos en el artículo 1.1.4.6. de la Resolución 400 de 1995, expedida por la Superintendencia de Valores para efectos de obtener la cancelación de la inscripción de los Bonos Obligatoriamente Convertibles en Acciones en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios.
 

SEXTO: Que en virtud de lo establecido en el artículo 1o. numeral 3 del Decreto 193 de 1994, corresponde al Superintendente Delegado para Emisores ordenar la cancelación voluntaria de la inscripción de un valor en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, a instancias del emisor y previo el lleno de los requisitos previstos para el efecto,
 

R E S U E L V E
 

ARTICULO PRIMERO: Cancelar la inscripción de los Bonos Obligatoriamente Convertibles en Acciones emisión  1996 de la Sociedad Acerías Paz del Río S.A., en el Registro Nacional de Valores e intermediarios.
 

ARTICULO SEGUNDO: Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse ante el Superintendente Delegado para Emisores dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación.
 
 

 NOTIFIQUESE,  PUBLIQUESE Y CUMPLASE
 Dada en Santa Fe de Bogotá D.C. a
 
 
 
 
CESAR EDGAR RUEDA GOMEZ
Superintendente Delegado para Emisores (E)
 
 

NOTIFICAR A: Doctor
EDUARDO BETTIN VALLEJO
Representante Legal
Acerías Paz del Río S.A.
Cra 8 No. 13-31 P-7  al 11
Teléfonos 3411570/2828111
Santa Fé de Bogotá D.C.