PRIMERO: Que el Doctor
Eduardo Bettin Vallejo en su calidad de Representante Legal
de la sociedad Acerías Paz del Río S.A., mediante
escrito radicado el 24 de julio de 1998 , bajo el número
19987-13561, solicitó la cancelación de la inscripción
de los Bonos Obligatoriamente Convertibles en Acciones emision 1996 de
esa Sociedad en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios.
SEGUNDO: Que los
Bonos Obligatoriamente Convertibles en Acciones emisión
1996 de la sociedad Acerías Paz del Río S.A. fueron
inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios
mediante Resolución 729 del 20 de
septiembre de 1996 de la Superintendencia de Valores.
TERCERO: Que los
Bonos Obligatoriamente Convertibles en Acciones emisión 1996 cuya
inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios
se solicita cancelar fueron convertidos en acciones en su totalidad de
acuerdo con la certificación expedida por Fiduciaria Petrolera S.A.
- FIDUPETROL como Representantes Legales de los Tenedores de los
Bonos y el Representante Legal y el Revisor Fiscal de la Sociedad
Emisora según oficio radicado en esta Superintendencia el
24 de julio de 1998 bajo el número 19987-13561.
CUARTO: Que la Bolsa
de Bogotá canceló la inscripción de los Bonos Obligatoriamente
Convertibles en Acciones emisión 1996 según
consta en el oficio número 110-06444 del 22
de julio de 1998, radicado en esta Superintendencia el 24 de
julio de 1998 , bajo el número
19987-13561 .
QUINTO: Que la sociedad
Acerías Paz del Río S.A. , cumple con la totalidad
de los requisitos establecidos en el artículo 1.1.4.6. de
la Resolución 400 de 1995, expedida por la Superintendencia de Valores
para efectos de obtener la cancelación de la inscripción
de los Bonos Obligatoriamente Convertibles en Acciones en el Registro Nacional
de Valores e Intermediarios.
SEXTO: Que en virtud
de lo establecido en el artículo 1o. numeral 3 del Decreto 193 de
1994, corresponde al Superintendente Delegado para Emisores ordenar la
cancelación voluntaria de la inscripción de un valor en el
Registro Nacional de Valores e Intermediarios, a instancias del emisor
y previo el lleno de los requisitos previstos para el efecto,
ARTICULO PRIMERO:
Cancelar la inscripción de los Bonos Obligatoriamente Convertibles
en Acciones emisión 1996 de la Sociedad Acerías Paz
del Río S.A., en el Registro Nacional de Valores e intermediarios.
ARTICULO SEGUNDO:
Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición,
el cual podrá interponerse ante el Superintendente Delegado para
Emisores dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes
a su notificación.
NOTIFICAR A: Doctor
EDUARDO BETTIN VALLEJO
Representante Legal
Acerías Paz
del Río S.A.
Cra 8 No. 13-31
P-7 al 11
Teléfonos
3411570/2828111
Santa Fé
de Bogotá D.C.