REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
 
SUPERINTENDENCIA DE VALORES
 
RESOLUCION NUMERO 0070 DE 1.998
(Febrero 04)
 
 Por la cual se cancela la inscripción de unas acciones en el
 Registro Nacional de Valores e Intermediarios
 
 EL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA EMISORES,
 en ejercicio de sus facultades legales, y en especial de la
 que le confiere el artículo 1o., numeral 4 del Decreto 193
 de 1994, y
 
C O N S I D E R A N D O
 

PRIMERO: Que conforme a lo establecido en el artículo 1o. numeral 4o. del Decreto 193 de 1994, corresponde al Superintendente Delegado para Emisores, organizar y llevar el Registro Nacional de Valores e Intermediarios y velar por su permanente actualización y correcto manejo.
 

SEGUNDO: Que las acciones de la sociedad Bonsalud E.P.S. - En Liquidación Obligatoria fueron inscritas en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios mediante Resolución 1054 del 23 de agosto de 1993, de la  Superintendencia de Valores.
 

TERCERO: Que conforme a lo establecido en el numeral 4o. del artículo 1.1.1.3. de la Resolución 400 de 1995, cuando la sociedad emisora de las acciones inscritas en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios entre en proceso de liquidación, la Superintendencia de Valores deber< cancelar la inscripción de los títulos de la respectiva sociedad en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios.
 

CUARTO: Que la Superintendencia de Sociedades mediante Auto No. 410-610-366 del 13 de enero de 1998, ordenó la toma de posesión de los bienes, haberes y negocios de Bonsalud E.P.S. - En Liquidación Obligatoria con el objeto de proceder a su liquidación.

 

R E S U E L V E

ARTICULO PRIMERO: Cancelar la inscripción de las acciones de la sociedad Bonsalud E.P.S. - En Liquidación Obligatoria  en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios.
 

ARTICULO SEGUNDO: Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo de la Superintendencia de Valores.

ARTICULO TERCERO:  Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse ante el Superintendente Delegado para Emisores dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación.
 
 

 NOTIFIQUESE PUBLIQUESE Y CUMPLASE
 Dada en Santa Fe de Bogotá D.C. a
 
 
 
SUSSY RUEDA GARCES
Superintendente Delegado para Emisores (E.)
 
 

NOTIFICAR A:  Doctor
RODOLFO MEDINA RUEDA
Liquidador
Bonsalud E. P. S.  - En Liquidación Obligatoria
Calle 33 A No. 78 A 46
Medellín