No. 129 |
Volumen 5 |
Febrero 27 de 2009 |
Páginas 126 |
Resolución 1795 (Noviembre 13). Autoriza la constitución de la entidad que se denominará “PROGRESIÓN S.A. SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE INVERSIÓN”, con domicilio en Medellín. (Página 1).
Resolución 0172 (Febrero 16). Resuelve un recurso de reposición relacionado con la resolución 1829 de 2008, mediante la cual se adoptaron medidas cautelares respecto de la sociedad CONSORCIO PRETHELL GONZÁLEZ S.A.. (Página 3).
Resolución 0205 (Febrero 20). Declara la no objeción de la fusión por incorporación de la COOPERATIVA NACIONAL DE AHORRO Y CRÉDITO LTDA. CREAR, en toma de posesión para administrar, por parte de CONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA. (Página 27).
Resolución 0231 (Febrero 25). Modifica el artículo tercero de la Resolución 0702 del 28 de abril de 2006, sobre la conformación del Comité de Emergencias de la Superintendencia Financiera de Colombia. (Página 31).
Resolución 0246 (Febrero 27). Delega un funcionario de la Superintendencia Financiera de Colombia, ante la Junta Consultora del Fondo Nacional de Calamidades. (Página 33).
Circular Externa 002 (Febrero 20). Informa sobre las contribuciones del artículo 337 numeral 5 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero para el primer semestre de 2009. (Página 35).
Circular Externa 003 (Febrero 27). Modifica el medio de envío de los formatos e instructivos relacionados con el reporte de información a la Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero –UIAF-. (Página 37). Anexos.
Circular Externa 004 (Febrero 27). Modifica las tarifas máximas del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito – SOAT. (Página 111). Anexos.
Carta Circular 18 (Febrero 16). Imparte instrucciones para el cumplimiento de orden judicial relacionada con los reglamentos de cuentas de ahorros de establecimientos de crédito. (Página 117).
Carta Circular 19 (Febrero 17). Informa la variación de los portafolios de referencia el 02 de febrero de 2009. (Página 119).
Carta Circular 20 (Febrero 18). Informa sobre las medidas adoptadas por la Superintendencia Financiera de Bancos de Panamá, respecto de STANFORD BANK (PANAMÁ) S.A. (Página 121).
Requerimientos. (Página 123).
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