REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
 
SUPERINTENDENCIA DE VALORES
 
RESOLUCIÓN NÚMERO 476 DE 1997
(Mayo 30)
 
Por la cual se autoriza una reforma integral
del reglamento de funcionamiento de  un sistema
centralizado de información para transacciones
 
El Superintendente de Valores, en ejercicio de sus facultades legales,
y en especial de las que le confiere el artículo 4.2.0.4 de la
Resolución 400 de 1995,  y
 
CONSIDERANDO:
 

PRIMERO: Que en ejercicio de las facultades contenidas en  el inciso tercero del artículo 33 de la Ley 35 de 1993, en concordancia con el numeral 6º del artículo tercero del Decreto 2739 de 1991, la Sala General de la Superintendencia de Valores fijó las reglas conforme a las cuales puede autorizarse el funcionamiento de los sistemas centralizados de información para transacciones;

SEGUNDO: Que de conformidad con lo previsto en el artículo 4.2.0.1 de la Resolución 400 de 1995, los sistemas centralizados de información para transacciones son aquellos que tienen como objeto la prestación de los servicios de difusión de las ofertas de  compra y venta de títulos que realicen sus afiliados; y/o el registro de las operaciones que se celebren entre los afiliados a estos sistemas o entre los afiliados a estos sistemas y otras personas no afiliadas a los mismos; y/o el facilitar la realización de transacciones;

TERCERO:  Que de conformidad con lo previsto en el inciso segundo del artículo 4.2.0.4 de la Resolución 400 de 1995, las administradoras de sistemas centralizados de información para transacciones, deben ajustar sus reglamentos a lo establecido en la aludida resolución y enviarlos a la Superintendencia para su debida aprobación.

CUARTO: Que en atención a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 4.2.0.6 de la Resolución 400 de 1995, le compete a esta Superintendencia autorizar las reformas que se introduzcan a los reglamentos de los sistemas centralizados de información.

QUINTO: Que mediante resolución número 0624 de fecha 13 de julio de 1994 esta Superintendencia autorizó el funcionamiento del sistema centralizado de información para transacciones que prestaría la sociedad Repfin Ltda,.

SEXTO: Que mediante la comunicación radicada con el número 9708338-1 del 16 de mayo de 1997, la sociedad Repfin Ltda, en su condición de administradora del sistema centralizado de información para transacciones "Citiinfo Pesos", solicitó a esta entidad aprobar el reglamento de funcionamiento del citado sistema, con el objeto de ajustarlo a las nuevas disposiciones expedidas por esta Superintendencia.
 

SEPTIMO: Que la reforma a que se hizo referencia en los considerandos anteriores se ajusta a las disposiciones vigentes que rigen el funcionamiento de los sistemas centralizados de información para transacciones.
 

RESUELVE
 

ARTICULO PRIMERO: Autorizar la reforma integral del reglamento de funcionamiento del sistema centralizado de información para transacciones denominado "Sistema Centralizado de Información para Transacciones Citiinfo Pesos", cuya copia se anexa a la presente resolución, a fin de que forme parte integral de la misma.

ARTICULO SEGUNDO: Disponer que la administración y operación del sistema cuyo funcionamiento se autoriza deberá llevarse a cabo con estricta sujeción a las disposiciones legales vigentes que regulan la materia,  por aquellas otras que en lo sucesivo las adicionen, modifiquen o aclaren, así como por las contenidas en el reglamento de funcionamiento del mismo.
 

ARTICULO TERCERO: Los Administradores de la compañía REPFIN LTDA.  deberán suministrar a la Superintendencia de Valores la información que esta solicite cuando lo juzgue conveniente y aceptar las visitas que estime pertinente con el propósito de vigilar el cumplimiento de las normas legales o reglamentos del mercado de valores e imponer las medidas correctivas del caso.
 

 
NOTIFÍQUESE,  PUBLÍQUESE Y CUMPLASE
 
Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C. a los  30 días del mes de mayo de 1997
 
 
 
 
 
ANDRES URIBE ARANGO
Superintendente de Valores