PRIMERO: Que mediante
Resolución No. 973 del 31 de octubre de 1995 expedida por la Superintendencia
de Valores, se ordenó la inscripción en el Registro Nacional
de Valores e Intermediarios de las acciones ordinarias emitidas por la
sociedad Industria Colombo Andina Inca S.A. ;
SEGUNDO: Que de conformidad
con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 1.1.1.3.de la Resolución
400 del 22 de Mayo de 1.995 de la Sala General de la Superintendencia de
Valores, se deberá cancelar la inscripción de un título
en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, cuando las acciones
no se encuentren inscritas en una bolsa de valores y durante los dos últimos
años no hayan sido objeto de oferta pública, a menos que
la sociedad emisora tenga por lo menos quinientos accionistas;
TERCERO: Que las
acciones de la sociedad Industria Colombo Andina Inca S.A. , no se encuentran
inscritas en una bolsa de valores, durante los dos últimos años
no han sido objeto de oferta pública en el mercado de valores y
el número de accionistas de tal sociedad es menos de quinientos.
ARTICULO PRIMERO:
Ordenar la cancelación de la inscripción en el Registro Nacional
de Valores e Intermediarios de las acciones emitidas por la sociedad
Industria Colombo Andina Inca S.A.
ARTICULO SEGUNDO: Ordenar la publicación de esta resolución en el boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, capítulo Superintendencia de Valores.
ARTICULO TERCERO:
Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición
el cual podrá interponerse ante el Superintendente Delegado para
Emisores dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes
a su notificación.
NOTIFICAR A: Doctor
FERNANDO ROZO MONTOYA
Representante Legal
Industria Colombo
Andina Inca S.A.
Calle 20 No.99-15
Teléfono
2676300
Santa Fe de Bogotá.