REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
 
SUPERINTENDENCIA DE VALORES
 
RESOLUCIÓN NÚMERO 280 DE 1997
(Abril 3)
 
Por la cual se autoriza una inscripci\n en el
Registro Nacional de Valores e Intermediarios
 
EL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA INTERMEDIARIOS DE VALORES
Y DEMAS ENTIDADES VIGILADAS
 
en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1o.
del artRculo 3o. del decreto 193 de 1994 y
 
CONSIDERANDO
 

PRIMERO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1o. del artRculo 3o. del decreto 193 de 1994, corresponde al Superintendente Delegado para Intermediarios de Valores y dem<s Entidades Vigiladas ordenar la inscripci\n de intermediarios en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios que lleva la Superintendencia de Valores;

SEGUNDO: Que la doctora Rosa Cristina RamRrez Pedraza, en su condici\n de representante legal de la sociedad Fiduciaria Superior S.A. Fidusuperior S.A., mediante comunicaci\n radicada en esta Superintendencia el 31 de marzo de 1997, bajo el ndmero 9704716-1, solicit\ su inscripci\n en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, y

TERCERO: Que la entidad mencionada en el considerando anterior redne los requisitos exigidos para ser inscrita en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.1. de la circular externa 002 del 10 de enero de 1997, expedida por esta Superintendencia.
 

RESUELVE
 
ARTICULO PRIMERO.- Inscribir en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios a Fiduciaria Superior S.A. Fidusuperior S.A., para realizar labores de intermediaci\n en el mercado pdblico de valores, en los tJrminos de los artRculos 1.5.1.1. y siguientes de la resoluci\n 400 de 1995, expedida por esta entidad.

PARAGRAFO.- La inscripci\n ordenada mediante la presente resoluci\n no implica que la sociedad en cita se encuentra sujeta a la inspecci\n y vigilancia de la Superintendencia de Valores.

ARTICULO SEGUNDO.- Fiduciaria Superior S.A. Fidusuperior S.A. deber< actualizar, dentro de los tres (3) primeros meses de cada aZo, la informaci\n suministrada para efectos de la inscripci\n ordenada en el artRculo anterior, enviando el  formulario  que para tal fin ha establecido la Superintendencia de Valores, tal como lo dispone el artRculo 1.1.6.2. de la seZalada resoluci\n 400 de 1995.

Así mismo, la citada sociedad deber< cumplir con las obligaciones previstas en los artRculos 1.1.6.1., 1.5.3.3. y 1.5.3.4. de la resoluci\n 400 de 1995, expedida por esta entidad.

ARTICULO TERCERO.- La entidad antes mencionada deber< pagar a la Superintendencia de Valores la suma de novecientos sesenta mil pesos ($960.000.oo) moneda corriente, por concepto de derechos de inscripci\n en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, de conformidad con lo establecido en los artRculos 2.1.1.7. y 2.1.4.1. de la resoluci\n 1200 de 1995, expedida por la Superintendencia de Valores. Dicha suma deber< cancelarse en el Banco Popular, en formato de consignaci\n de recaudo nacional, cuenta No. 050-000249 sucursal Bogot<, en efectivo o mediante cheque de gerencia a favor de la Direcci\n del Tesoro Nacional, c\digo 5006-01 Derechos de Inscripci\n-Superintendencia de Valores, dentro de los diez (10) dRas h<biles siguientes a la notificaci\n de la presente resoluci\n.

ARTICULO CUARTO.-  Ordenar la publicaci\n de la presente resoluci\n en el boletRn del Ministerio de Hacienda y CrJdito Pdblico, capRtulo Superintendencia de Valores.
 

NOTIFIQUESE  Y CUMPLASE
Dada en Santaf‚ de Bogot  D.C., a
 
 
 
 
MARIA VICTORIA MORENO JARAMILLO
Superintendente Delegado para
Intermediarios de Valores y
demás Entidades Vigiladas
 
 
 
 

Notificar a: Doctora
Rosa Cristina RamRrez Pedraza
Representante Legal
Fiduciaria Superior S.A. Fidusuperior S.A.
Carrera  10  64-60 piso 6
SantafJ de Bogotá, D.C.