REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
 
SUPERINTENDENCIA DE VALORES
 
RESOLUCIÓN NÚMERO 920 DE 1996
(Septiembre 30)
 
Por la cual se cancela una inscripción en el
Registro Nacional de Valores e Intermediarios
 
EL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA EMISORES
 
en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el artículo 12 de la Ley 32 de 1979 y el numeral 4o. del artículo 1o. del Decreto 193 de 1994
 
CONSIDERANDO
 

PRIMERO.- Que conforme a lo establecido en el literal a) del numeral 4o del artículo 12o de la ley 32 de 1979 corresponde a la Superintendencia de Valores cancelar la inscripción de un intermediario en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios  cuando este incurra en violaciones reiteradas  a lo dispuesto en las disposiciones  reglamentarias de dicha ley.

SEGUNDO.- Que en virtud de lo previsto en el numeral 4o del artículo 1o del Decreto 193 de 1994 es función del Superintendente Delegado para Emisores organizar y llevar el Registro Nacional de Valores e Intermediarios y velar por su permanente actualización y correcto manejo.

TERCERO.- Que el artículo 1.1.6.2 de la Resolución 400 de 1995 establece que los intermediarios de valores inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios deben actualizar, dentro de los tres primeros meses de cada año, la información suministrada para efectos de su inscripción.

CUARTO.- Que mediante Resolución No. 838 del 17 de Dic de 1990 , se inscribió como intermediario de valores en el mencionado Registro a TOBON MORENO INTERMEDIARIOS DE VALORES Y CIA. S. EN C..

QUINTO.- Que  TOBON MORENO INTERMEDIARIOS DE VALORES Y CIA. S. EN C.   no ha cumplido con la obligación de actualización del Registro consagrada en el artículo 1.1.6.2 a que hace referencia el considerando tercero de la presente resolución .

SEXTO.- Que mediante oficio  9609717-1 de Julio 3 de 1996 se requirió a  TOBON MORENO
INTERMEDIARIOS DE VALORES Y CIA. S. EN C. a fin de que cumpliera con la referida  obligación de actualización, para lo cual se otorgó un plazo máximo de diez días hábiles, indicando que vencido el mismo se procedería a efectuar la correspondiente cancelación.

SEPTIMO.- Que a la fecha no se ha obtenido respuesta a la citada comunicación.
 

RESUELVE
 

ARTICULO PRIMERO.- CANCELAR  la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de TOBON MORENO INTERMEDIARIOS DE VALORES Y CIA. S. EN C..

ARTICULO SEGUNDO.- Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda, capítulo de la Superintendencia de Valores.
 

NOTIFIQUESE Y CUMPLASE
 
 
 
EL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA EMISORES
 
HECTOR ARMANDO SANMIGUEL ARIAS
 

Notificar a :
MARIA FERNANDA LOZANO MORENO
TOBON MORENO INTERMEDIARIOS DE VALORES Y CIA. S. EN C.
Cra. 10 No 24-49 Piso 8
Bogotá