REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
 
SUPERINTENDENCIA DE VALORES
 
RESOLUCIÓN NÚMERO 407 DE 1997
(Mayo 09)
 
Por la cual se cancela una inscripción en el
Registro Nacional de Valores e Intermediarios
 
EL SUPERINTENDENTE DE VALORES
 
En ejercicio de la atribución que le confiere
el artículo 5º, letra e), del decreto 2739 de 1991, y
 
CONSIDERANDO:

PRIMERO:  Que la Comisión Nacional de Valores, hoy Superintendencia de Valores, mediante la resolución número 107 del 10 de marzo de 1989, inscribió en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios a la señora Ana Beatriz Rubio Cruz, identificada con la cédula de ciudadanía
número 20’515.007 de Facatativá, para actuar como corredora en la “...colocación en el mercado
primario de certificados de depósito a término, emitidos por bancos y corporaciones financieras, y
pagarés emitidos por las compañías de financiamiento comercial”;

SEGUNDO: Que el señor Héctor Hugo Rubio Cruz, mediante comunicaciones radicadas en esta Superintendencia los días 18 de febrero y  5 de abril de 1997, bajo los números 9702242-1 y  9702242-3, solicitó la cancelación de la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de su hermana Ana Beatriz Rubio Cruz, en razón a su fallecimiento, ocurrido el 3 de octubre de 1996, según consta en el certificado de defunción expedido por el notario 32 del círculo de Santa Fe de Bogotá;

TERCERO: Que de acuerdo con lo expresado en el considerando anterior es procedente cancelar la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de la señora Ana Beatriz Rubio Cruz, y

CUARTO:   Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5º, letra e), del decreto 2739 de 1991, corresponde al Superintendente de Valores ordenar la cancelación de intermediarios en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios.
 

RESUELVE:
 

ARTICULO PRIMERO: Cancelar la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de la señora Ana Beatriz Rubio Cruz, identificada con la cédula de ciudadanía número 20.515.007 de Facatativá.

ARTICULO SEGUNDO: Ordenar la publicación de la presente resolución en el boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, capítulo Superintendencia de Valores.
 

NOTIFIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a
 
 
ANDRES URIBE ARANGO
Superintendente de Valores
 

Notificar a:Señor
Héctor Hugo Rubio Cruz
Avenida Ferrocarril  40-62
Ibagué, Tolima