REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
 
SUPERINTENDENCIA DE VALORES
 
RESOLUCIÓN NÚMERO 246 DE 1997
(Marzo 19)
 
 Por la cual se cancela la inscripción de unas acciones
 en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios
 
 EL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA EMISORES,
En ejercicio de sus facultades legales, y en especial de la
que le confiere el artículo 1o., numeral 15
del Decreto 193 de 1994, y
 
C O N S I D E R A N D O
 

PRIMERO: Que mediante Resolución No. 282 del 23 de noviembre  de 1983 expedida por la Comisión Nacional de Valores hoy Superintendencia de Valores, se ordenó la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de las acciones ordinarias emitidas por la sociedad Industrias Plásticas Gacela S.A. - En Concordato;
 

SEGUNDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 1.1.1.3.de la Resolución 400 del 22 de Mayo de 1.995 de la Sala General de la Superintendencia de Valores, se deberá cancelar la inscripción de un título en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, cuando las acciones no se encuentren inscritas en una bolsa de valores y durante los dos últimos años no hayan sido objeto de oferta pública, a menos que la sociedad emisora tenga por lo menos quinientos accionistas;
 

TERCERO: Que las acciones de la sociedad Industrias Plásticas Gacela S.A. - En Concordato, no se encuentran inscritas en una bolsa de valores, durante los dos últimos años no han sido objeto de oferta pública en el mercado de valores y el número de accionistas de tal sociedad es menos de quinientos.
 

R E S U E L V E
 

ARTICULO PRIMERO: Ordenar la cancelación de la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios  de las acciones emitidas por la sociedad Industrias Plásticas Gacela S.A. - En Concordato;
 

ARTICULO SEGUNDO: Ordenar la publicación de esta resolución en el boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, capítulo Superintendencia de Valores.
 

ARTICULO TERCERO: Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición el cual podrá interponerse ante la Superintendencia de Valores dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación.
 

NOTIFIQUESE,  PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santafé de Bogotá D. C., a
 
 
HECTOR ARMANDO SANMIGUEL ARIAS
Superintendente Delegado para Emisores