OTROS CONCEPTOS - SÍNTESIS
Conservación de archivos, instituciones financieras, aseguradoras y del mercado de valores
Concepto 2018122690-001 del 29 de octubre de 2018
Las reglas aplicables en materia de conservación de archivos en entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, dependen de la naturaleza de la respectiva entidad
Corresponsales, sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos-SEDPE
Concepto 2018124068-001 del 30 de octubre de 2018
La prestación de servicios financieros de las SEDPEs a través de corresponsales se regirá, en lo pertinente, por las reglas señaladas en el Capítulo 1, Título 9, Libro 36, Parte 2 del Decreto 2555 de 2010, las cuales se ocupan de fijar, entre otros aspectos, las condiciones que el corresponsal debe cumplir para la realización de las actividades autorizadas, las obligaciones a cargo de las entidades vigiladas que los contratan, el contenido de los contratos, así como el requisito de autorización de los modelos de contratos que debe impartir esta Superintendencia.
Embargos, naturaleza de la medida cautelar, información al titular de cuenta afectada
Concepto 2018121061-001 del 25 de octubre de 2018
De acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico los establecimientos bancarios no están obligados a informar a los titulares de cuentas de ahorro sobre la recepción de órdenes de embargo que afecten los recursos depositados. Lo anterior, en razón a la naturaleza de esas medidas cautelares, las cuales buscan garantizar que la decisión adoptada en un proceso judicial o administrativo sea materialmente ejecutada.
Embargos, procesos de cobro coactivo, regulación aplicable
Concepto 2018124286-001 del 31 de octubre de 2018
A cada autoridad administrativa le corresponde identificar la regulación aplicable a los procesos de cobro coactivo a su cargo, de tal suerte que en el evento en que aquella no esté regida por normas especiales, deba observar, en su orden: i) el procedimiento administrativo de cobro coactivo regulado por el Título IV de la Parte Primera del CPACA y en el Estatuto Tributario, ii) el Estatuto Tributario en materia del cobro de obligaciones de impuestos, iii) las reglas de procedimiento establecidas en la Parte I del CPACA para los aspectos no previstos en las referidas normas y, iv) las disposiciones consagradas en el Código General del Proceso en relación con el proceso ejecutivo singular en cuanto fueran compatibles con esos regímenes.
Establecimientos de crédito, inversiones en fondos de inversión colectiva, viabilidad
Concepto 2018076465-004 del 4 de septiembre de 2018
Las inversiones de los establecimientos de crédito en Fondos de Inversión Colectiva resultan viables siempre y cuando obedezcan a operaciones de tesorerías sobre excedentes de liquidez. En todo caso, el respectivo establecimiento de crédito deberá tener en cuenta, entre otras, las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en materia de administración del riesgo de liquidez previstas en el Anexo 1 del Capítulo VI de la Circular Básica Contable y Financiera (Circular Externa 100 de 1995).
Fiducia, participaciones fiduciarias carecen de calidad de valores
Concepto 2018115106-001 del 2 de octubre de 2018
Las participaciones fiduciarias no reúnen las condiciones establecidas para los valores en el artículo 2° de la Ley 964 de 2005. La Circular básica Jurídica (CE 029 de 2014) de la Superintendencia Financiera contempla las instrucciones aplicables a los contratos relacionados con las mismas. Cualquier ofrecimiento que se haga de las participaciones fiduciarias al público interesado, bien sea por la sociedad fiduciaria, por el promotor del proyecto o por personal contratado o vinculado para este efecto, debe ajustarse en su totalidad a la realidad del derecho, bien o servicio que se ofrezca, pues además de ser esto parte de la transparencia con que se debe actuar frente a los consumidores financieros, se debe evitar en todo caso generar confusión, error o falsas expectativas a los eventuales interesados
Fiducia, patrimonio autónomo, obligaciones del enajenador
Concepto 2018130226-002 del 24 de octubre de 2018
Para el caso de los negocios de fiducia inmobiliaria la transferencia de las unidades resultantes del proyecto a los adquirientes debe registrarse como un ingreso cuando se transfieran los bienes y ventajas de la propiedad del inmueble y se perfeccione la transacción con las formalidades de ésta, es decir cuando se transfiere el inmueble por escritura pública y se realice la entrega material del mismo al adquiriente.
Fiduciarias, reportes de información
Concepto 2018109335-005 del 22 de octubre de 2018
Las sociedades fiduciarias deben aplicar de manera obligatoria e integral el marco normativo contenido en el anexo de la Circular Externa 030 de 2017 (Capítulo XXIX de la CBCF) en el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos, así como el Catálogo Único de Información Financiera - CUIF expedido por esta Superintendencia, como fuente oficial para el reporte de la información.
Fondos de inversión colectiva inmobiliarios-FICI, enajenación de participación
Concepto 2018084024-006 del 6 de septiembre de 2018
Los inversionistas de los FICI pueden enajenar su participación a través de los sistemas transaccionales, de conformidad con lo establecido en el reglamento de cada sistema y en el reglamento del respectivo FICI. No obstante, cuando se trate de la enajenación de participación por parte de un inversionista aportante de activos admisibles, debe darse cumplimiento a la regla según la cual éste sujeto debe permanecer en el fondo un (1) año contado a partir de la fecha en que realizó el aporte.
Oferta pública de adquisición-OPA, adquisiciones sobrevinientes, beneficiario real
Concepto 2018022502-001 del 13 de marzo de 2018
Si bien el artículo 6.15.2.1.22 hace referencia a la fusión al hablar de adquisiciones indirectas o sobrevinientes, tomando en cuenta la interpretación teleológica de la norma, afirmar que los actos a través de los cuales se dan las adquisiciones indirectas o sobrevinientes no se pueden circunscribir solamente a los casos de fusiones y de reorganizaciones empresariales, sino que podrían incluirse aquellos casos en los cuales, a través de operaciones de mercado, como una OPA sobre otra sociedad, se pueden generar los mismos efectos, no atenta contra la finalidad de la norma.
Opa, mecanismo de pago de acciones
Concepto 2018119314-001 del 21 de septiembre de 2018
El pago del precio de las acciones objeto de la OPA en valores es excepcional y si bien está permitida su utilización como mecanismo de pago, su uso está limitado a lo previsto por la normatividad. Es relevante mencionar que por lo menos, el treinta por ciento del importe total del pago de la OPA debe corresponder a dinero y debe ser utilizado para pagar las adjudicaciones de menor monto hasta agotarlo.
Otorgamiento de crédito con recursos propios, Crowdfunding, lending, de acciones, regulación
Concepto 2018115579-002 del 12 de octubre de 2018
La actividad de financiación colaborativa a través de la emisión de valores, conocida también como “crowdfunding lending y el de acciones” (modelos de préstamos en los cuales el inversionista espera un retorno por su inversión), está regulada integralmente en el Decreto 2555 de 2010, Parte 2, Libro 41 (adicionado por el Decreto 1357 de 2018) y, en esa medida, las personas interesadas en el desarrollo de dicha actividad deben sujetarse a las disposiciones contenidas en la referida normatividad.
Sarlaft, personas públicamente expuestas-PEP, personas jurídicas
Concepto 2018101387-001 del 12 de septiembre de 2018
Cuando el aparte del numeral 4.2.2.2.1.7. del Capítulo IV, Título IV de la primera Parte de la Circular Básica Jurídica (Circular Externa 029 de 2014) dispone que las entidades vigiladas por la SFC tiene que contemplar procedimientos de control y monitoreo más exigentes frente a las PEP, que incluyan herramientas de identificación para los administradores, este se refiere únicamente a las personas naturales que ostentan dicha calidad al interior de la persona jurídica cliente de la entidad financiera.
Seguros, aseguradoras del exterior, registro RAISAX, protección al consumidor financiero
Concepto 2018081943-005 del 20 de septiembre de 2018
Si bien el legislador autorizó con carácter excepcional a las compañías de seguros del exterior para expedir a los residentes en el país, directamente o por conducto de intermediarios autorizados, pólizas de seguros agropecuarios y facultó a la Superintendencia Financiera de Colombia para establecer la obligatoriedad del registro de estas compañías o de sus intermediarios, la correspondiente inscripción en el Registro de Entidades Aseguradoras e Intermediarios de Seguros Agropecuarios del Exterior (en adelante RAISAX) no les otorga a aquellas el estatus de entidades vigiladas por esta.
Seguros, intermediarios, protección al consumidor financiero, programas publicitarios
Concepto 2018113791-002 del 9 de octubre de 2018
Conforme a las instrucciones establecidas en el Capítulo l, Título lll, Parte l de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera, las entidades aseguradoras deben autorizar la publicidad que realicen los intermediarios de seguros y reaseguros que promuevan sus productos, y de velar por el suministro de información a los consumidores financieros por parte de los mismos.
Seguros, ofrecimiento por aseguradoras del exterior, pólizas permitidas
Concepto 2018110128-002 del 2 de octubre de 2018
Nuestra legislación reconoce la posibilidad para que las aseguradoras del exterior ofrezcan seguros, única y exclusivamente en los ramos expresamente autorizados, (seguros asociados al transporte marítimo internacional, la aviación comercial internacional y el lanzamiento, y el transporte espacial, incluyendo satélites, y pólizas de seguros agropecuarios, entre los cuales no se encuentra el ramo de seguros de vida.
Sistema general de pensiones, indemnización sustitutiva de la pensión de vejez, exclusión del sistema
Concepto 2018114960-001 del 4 de octubre de 2018
El reconocimiento de la indemnización sustitutiva por vejez supone la exclusión del beneficiario de la misma del Sistema General de Pensiones, razón por la cual, de vincularse posteriormente a un nuevo trabajo, no podrá afiliarse nuevamente al referido Sistema, sin perjuicio de las afiliaciones que correspondan en materia de Salud y de Riesgos Laborales y, en caso de realizarse cotizaciones, las mismas deben ser reintegradas al empleador y al trabajador en los porcentajes señalados en la ley.
Concepto 2018122690-001 del 29 de octubre de 2018
Las reglas aplicables en materia de conservación de archivos en entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, dependen de la naturaleza de la respectiva entidad
Corresponsales, sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos-SEDPE
Concepto 2018124068-001 del 30 de octubre de 2018
La prestación de servicios financieros de las SEDPEs a través de corresponsales se regirá, en lo pertinente, por las reglas señaladas en el Capítulo 1, Título 9, Libro 36, Parte 2 del Decreto 2555 de 2010, las cuales se ocupan de fijar, entre otros aspectos, las condiciones que el corresponsal debe cumplir para la realización de las actividades autorizadas, las obligaciones a cargo de las entidades vigiladas que los contratan, el contenido de los contratos, así como el requisito de autorización de los modelos de contratos que debe impartir esta Superintendencia.
Embargos, naturaleza de la medida cautelar, información al titular de cuenta afectada
Concepto 2018121061-001 del 25 de octubre de 2018
De acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico los establecimientos bancarios no están obligados a informar a los titulares de cuentas de ahorro sobre la recepción de órdenes de embargo que afecten los recursos depositados. Lo anterior, en razón a la naturaleza de esas medidas cautelares, las cuales buscan garantizar que la decisión adoptada en un proceso judicial o administrativo sea materialmente ejecutada.
Embargos, procesos de cobro coactivo, regulación aplicable
Concepto 2018124286-001 del 31 de octubre de 2018
A cada autoridad administrativa le corresponde identificar la regulación aplicable a los procesos de cobro coactivo a su cargo, de tal suerte que en el evento en que aquella no esté regida por normas especiales, deba observar, en su orden: i) el procedimiento administrativo de cobro coactivo regulado por el Título IV de la Parte Primera del CPACA y en el Estatuto Tributario, ii) el Estatuto Tributario en materia del cobro de obligaciones de impuestos, iii) las reglas de procedimiento establecidas en la Parte I del CPACA para los aspectos no previstos en las referidas normas y, iv) las disposiciones consagradas en el Código General del Proceso en relación con el proceso ejecutivo singular en cuanto fueran compatibles con esos regímenes.
Establecimientos de crédito, inversiones en fondos de inversión colectiva, viabilidad
Concepto 2018076465-004 del 4 de septiembre de 2018
Las inversiones de los establecimientos de crédito en Fondos de Inversión Colectiva resultan viables siempre y cuando obedezcan a operaciones de tesorerías sobre excedentes de liquidez. En todo caso, el respectivo establecimiento de crédito deberá tener en cuenta, entre otras, las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en materia de administración del riesgo de liquidez previstas en el Anexo 1 del Capítulo VI de la Circular Básica Contable y Financiera (Circular Externa 100 de 1995).
Fiducia, participaciones fiduciarias carecen de calidad de valores
Concepto 2018115106-001 del 2 de octubre de 2018
Las participaciones fiduciarias no reúnen las condiciones establecidas para los valores en el artículo 2° de la Ley 964 de 2005. La Circular básica Jurídica (CE 029 de 2014) de la Superintendencia Financiera contempla las instrucciones aplicables a los contratos relacionados con las mismas. Cualquier ofrecimiento que se haga de las participaciones fiduciarias al público interesado, bien sea por la sociedad fiduciaria, por el promotor del proyecto o por personal contratado o vinculado para este efecto, debe ajustarse en su totalidad a la realidad del derecho, bien o servicio que se ofrezca, pues además de ser esto parte de la transparencia con que se debe actuar frente a los consumidores financieros, se debe evitar en todo caso generar confusión, error o falsas expectativas a los eventuales interesados
Fiducia, patrimonio autónomo, obligaciones del enajenador
Concepto 2018130226-002 del 24 de octubre de 2018
Para el caso de los negocios de fiducia inmobiliaria la transferencia de las unidades resultantes del proyecto a los adquirientes debe registrarse como un ingreso cuando se transfieran los bienes y ventajas de la propiedad del inmueble y se perfeccione la transacción con las formalidades de ésta, es decir cuando se transfiere el inmueble por escritura pública y se realice la entrega material del mismo al adquiriente.
Fiduciarias, reportes de información
Concepto 2018109335-005 del 22 de octubre de 2018
Las sociedades fiduciarias deben aplicar de manera obligatoria e integral el marco normativo contenido en el anexo de la Circular Externa 030 de 2017 (Capítulo XXIX de la CBCF) en el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos, así como el Catálogo Único de Información Financiera - CUIF expedido por esta Superintendencia, como fuente oficial para el reporte de la información.
Fondos de inversión colectiva inmobiliarios-FICI, enajenación de participación
Concepto 2018084024-006 del 6 de septiembre de 2018
Los inversionistas de los FICI pueden enajenar su participación a través de los sistemas transaccionales, de conformidad con lo establecido en el reglamento de cada sistema y en el reglamento del respectivo FICI. No obstante, cuando se trate de la enajenación de participación por parte de un inversionista aportante de activos admisibles, debe darse cumplimiento a la regla según la cual éste sujeto debe permanecer en el fondo un (1) año contado a partir de la fecha en que realizó el aporte.
Oferta pública de adquisición-OPA, adquisiciones sobrevinientes, beneficiario real
Concepto 2018022502-001 del 13 de marzo de 2018
Si bien el artículo 6.15.2.1.22 hace referencia a la fusión al hablar de adquisiciones indirectas o sobrevinientes, tomando en cuenta la interpretación teleológica de la norma, afirmar que los actos a través de los cuales se dan las adquisiciones indirectas o sobrevinientes no se pueden circunscribir solamente a los casos de fusiones y de reorganizaciones empresariales, sino que podrían incluirse aquellos casos en los cuales, a través de operaciones de mercado, como una OPA sobre otra sociedad, se pueden generar los mismos efectos, no atenta contra la finalidad de la norma.
Opa, mecanismo de pago de acciones
Concepto 2018119314-001 del 21 de septiembre de 2018
El pago del precio de las acciones objeto de la OPA en valores es excepcional y si bien está permitida su utilización como mecanismo de pago, su uso está limitado a lo previsto por la normatividad. Es relevante mencionar que por lo menos, el treinta por ciento del importe total del pago de la OPA debe corresponder a dinero y debe ser utilizado para pagar las adjudicaciones de menor monto hasta agotarlo.
Otorgamiento de crédito con recursos propios, Crowdfunding, lending, de acciones, regulación
Concepto 2018115579-002 del 12 de octubre de 2018
La actividad de financiación colaborativa a través de la emisión de valores, conocida también como “crowdfunding lending y el de acciones” (modelos de préstamos en los cuales el inversionista espera un retorno por su inversión), está regulada integralmente en el Decreto 2555 de 2010, Parte 2, Libro 41 (adicionado por el Decreto 1357 de 2018) y, en esa medida, las personas interesadas en el desarrollo de dicha actividad deben sujetarse a las disposiciones contenidas en la referida normatividad.
Sarlaft, personas públicamente expuestas-PEP, personas jurídicas
Concepto 2018101387-001 del 12 de septiembre de 2018
Cuando el aparte del numeral 4.2.2.2.1.7. del Capítulo IV, Título IV de la primera Parte de la Circular Básica Jurídica (Circular Externa 029 de 2014) dispone que las entidades vigiladas por la SFC tiene que contemplar procedimientos de control y monitoreo más exigentes frente a las PEP, que incluyan herramientas de identificación para los administradores, este se refiere únicamente a las personas naturales que ostentan dicha calidad al interior de la persona jurídica cliente de la entidad financiera.
Seguros, aseguradoras del exterior, registro RAISAX, protección al consumidor financiero
Concepto 2018081943-005 del 20 de septiembre de 2018
Si bien el legislador autorizó con carácter excepcional a las compañías de seguros del exterior para expedir a los residentes en el país, directamente o por conducto de intermediarios autorizados, pólizas de seguros agropecuarios y facultó a la Superintendencia Financiera de Colombia para establecer la obligatoriedad del registro de estas compañías o de sus intermediarios, la correspondiente inscripción en el Registro de Entidades Aseguradoras e Intermediarios de Seguros Agropecuarios del Exterior (en adelante RAISAX) no les otorga a aquellas el estatus de entidades vigiladas por esta.
Seguros, intermediarios, protección al consumidor financiero, programas publicitarios
Concepto 2018113791-002 del 9 de octubre de 2018
Conforme a las instrucciones establecidas en el Capítulo l, Título lll, Parte l de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera, las entidades aseguradoras deben autorizar la publicidad que realicen los intermediarios de seguros y reaseguros que promuevan sus productos, y de velar por el suministro de información a los consumidores financieros por parte de los mismos.
Seguros, ofrecimiento por aseguradoras del exterior, pólizas permitidas
Concepto 2018110128-002 del 2 de octubre de 2018
Nuestra legislación reconoce la posibilidad para que las aseguradoras del exterior ofrezcan seguros, única y exclusivamente en los ramos expresamente autorizados, (seguros asociados al transporte marítimo internacional, la aviación comercial internacional y el lanzamiento, y el transporte espacial, incluyendo satélites, y pólizas de seguros agropecuarios, entre los cuales no se encuentra el ramo de seguros de vida.
Sistema general de pensiones, indemnización sustitutiva de la pensión de vejez, exclusión del sistema
Concepto 2018114960-001 del 4 de octubre de 2018
El reconocimiento de la indemnización sustitutiva por vejez supone la exclusión del beneficiario de la misma del Sistema General de Pensiones, razón por la cual, de vincularse posteriormente a un nuevo trabajo, no podrá afiliarse nuevamente al referido Sistema, sin perjuicio de las afiliaciones que correspondan en materia de Salud y de Riesgos Laborales y, en caso de realizarse cotizaciones, las mismas deben ser reintegradas al empleador y al trabajador en los porcentajes señalados en la ley.
Última modificación 12/12/2018