Dirección de Supervisión a Emisores
Son funciones de la Dirección de Supervisión a Emisores y Otros Agentes, las siguientes:
1. Ejercer, respecto de los emisores sometidos al control exclusivo, las facultades que le otorguen las normas en materia contable a la Superintendencia.
2. Verificar que los emisores de valores cumplan con sus deberes de suministro de información al mercado de valores, en condiciones de calidad, oportunidad y suficiencia, y hacerles seguimiento permanente y monitorear su evolución.
3. Verificar el cumplimiento de las políticas y normas de gobierno corporativo por parte de los emisores de valores.
4. Ejercer la supervisión de las sociedades titularizadoras.
5. Ejercer respecto de los fondos mutuos de inversión las facultades que se otorguen a la Superintendencia.
6. Ejercer respecto de las titularizadoras las funciones previstas en los artículos 11.2.1.4.47 del decreto 2555 de 2010, en lo que resulte pertinente.
7. Ejercer, dentro del ámbito de su competencia, las funciones señaladas en el artículo 11.2.1.4.45 del decreto 2555 de 2010.
8. Participar en los procesos del Sistema de Gestión Integrado de la Superintendencia en los que sea parte.
9. Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Última modificación 08/02/2017