Dirección de Proveedores de Infraestructura y Otros Agentes
Además de las funciones comunes previstas en el artículo 11.2.1.4.44. del decreto 2555 de 2010, son funciones de la Dirección Proveedores de Infraestructura y Otros Agentes, las siguientes:
1. Ejecutar la supervisión de los proveedores de infraestructura cuya supervisión no se encuentre a cargo de otra dependencia, y cualquier otra entidad cuya vigilancia le sea asignada por el Superintendente, conforme a las políticas, procedimientos y metodologías establecidos por este.
2. Ejecutar la supervisión comprensiva y consolidada las entidades que conformen un conglomerado financiero del que hagan parte proveedores de infraestructura, cuya vigilancia le haya sido asignada a la Delegatura de Intermediarios de Valores y Otros Agentes.
3. Dar traslado a la Dirección Legal de los informes de visita y los hechos susceptibles de investigación.
4. Participar en los procesos del Sistema de Gestión Integrado de la Superintendencia en los que sea parte.
5. Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Última modificación 08/02/2017