Órganos Colegiados de Dirección de la Superintendencia Financiera de Colombia
Nombre del Comité |
Objetivo |
Integrantes |
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CONSEJO ASESOR |
Órgano auxiliar de carácter consultivo. Forma parte de la estructura de la Superintendencia Financiera de Colombia. El Superintendente Financiero podrá convocarlo cada vez que lo estime conveniente y será obligatorio escucharlo en los siguientes casos: |
Cinco expertos en materia económica, financiera, de mercados de valores o de legislación general, de libre nombramiento y remoción del Presidente de la República. |
COMITÉ DIRECTIVO |
Asesorar al Superintendente Financiero en la adopción de las políticas institucionales y en la definición de planes de acción de carácter administrativo que hayan de regir la actividad de la Superintendencia Financiera de Colombia |
(1) El Superintendente Financiero, quien lo preside. |
COMITÉ DE SEGUIMIENTO |
Adelantar el control y revisión periódica de temas específicos, con el propósito de conocer, actualizar y evaluar la información propia de los temas objeto de seguimiento desde las ópticas de planeación y ejecución y disponer, según el caso, medidas objetivas de resultado, o indicadores de gestión y/o de mejoramiento
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(1) El Superintendente Financiero, quien lo preside. |
COMITÉ GENERAL |
Informar al equipo directivo los temas que puedan resultar estratégicos para la Superintendencia Financiera de Colombia, la situación, tendencia y resultados generales del sector financiero y del mercado de valores, temas coyunturales, así como la consideración de temas varios de interés general de la Superintendencia que sean expuestos por sus integrantes.
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(1) El Superintendente Financiero, quien lo preside. (2) El Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Intermediarios Financieros y Seguros. (3) El Superintendente Financieros Adjunto para Supervisión de Emisores, Administradores de Activos e Intermediarios de Valores. 4) El Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Riesgos. (5) Los Superintendentes Delegados de las tres Delegaturas Adjuntas. (6) El Director de Investigación y Desarrollo. (7) El Superintendente Delegado para Protección al Consumidor Financiero y Transparencia. (8) El Director de Tecnología. (9) El Director Jurídico. (10) El Secretario General. (11) El Jefe de la Oficina de Planeación. (12) Los Asesores del Despacho que designe el Superintendente. |
COMITÉ DE POSESIONES | 1) Decidir sobre las solicitudes de posesión y la revocatorias de posesión de los directores, administradores, revisores fiscales, representantes legales (excepto gerentes de sucursales), oficiales de cumplimiento de las entidades vigiladas y de los representantes de las oficinas de representación de instituciones financieras y de reaseguros del exterior. 2) Decidir sobre los recursos de reposición interpuestos contra los pronunciamientos que resuelvan las solicitudes de posesión y las revocatorias de posesión. |
1) Superintendente Financiero o su representante quien lo presidirá. |
COMITÉ DE DEFENSA JUDICIAL Y CONCILIACIÓN |
1) Servir de instancia administrativa para el análisis y formulación de políticas sobre prevención de daños antijurídicos y defensa de los intereses de la Entidad. |
1) Superintendente Financiero o su Delegado quien lo presidirá. |
COMITÉ DE COORDINACIÓN DE CONTROL INTERNO
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2) Revisar la evaluación del cumplimiento de las metas y objetivos de la entidad, dentro de los planes y políticas sectoriales; y de los objetivos, políticas y funciones de las dependencias y/o procesos de la entidad. 3) Recomendar con base en las auditorias presentadas por la Oficina de Control Interno acciones de mejora a los procesos de gestión, administración del riesgo y el Sistema de Control Interno. 4) Aprobar la política de gestión de riesgos de la Superintendencia Financiera de Colombia. 5) Aprobar el Plan de Mejoramiento Institucional y hacerle seguimiento. 6) Aprobar el Plan de actividades de la Oficina de Control Interno. 7) Aprobar el Código de Ética y Conducta y el Código de Gobierno Corporativo de la Superintendencia Financiera de Colombia, así como sus modificaciones. 8) Las demás que le sean asignadas por el Superintendente Financiero. |
1) El Superintendente Financiero o su delegado.
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COMITÉ DE CALIDAD
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1) Recomendar al Superintendente acciones para la implantación, adaptación, complementación y mejoramiento permanente del Sistema de Gestión Integrado, de conformidad con las normas vigentes. |
(1) El Superintendente Financiero o su delegado. |
COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO | 1. Aprobar y hacer seguimiento, por lo menos una vez cada tres meses, a las acciones y estrategias adoptadas para la operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, 2. Articular los esfuerzos institucionales, recursos, metodologías y estrategias para asegurar la implementación, sostenibilidad y mejora del Modelo Integrado de Planeación Gestión, 3. Proponer al Comité Sectorial de Gestión y el Desempeño Institucional, iniciativas que contribuyan al mejoramiento en la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, 4. Presentar los informes que el Comité Sectorial de Gestión y el Desempeño Institucional y los organismos de control requieran sobre la gestión y el desempeño de la entidad, 5. Adelantar y promover acciones permanentes de autodiagnóstico para facilitar la valoración interna de la gestión, 6. Asegurar la implementación y desarrollo de las políticas de gestión y directrices en materia de seguridad digital y de la información, y 7. Las demás que tengan relación directa con la implementación, desarrollo y evaluación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión. |
(1) El Superintendente Financiero o su Delegado. (2) El Secretario General o su delegado. (3) El Director de Tecnología. (4) El Delegado para Protección al Consumidor Financiero y Transparencia. (5) El Subdirector de Recursos Humanos. (6) El Subdirector Administrativo. (7) El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación o su delegado. |
COMITÉ DE EDUCACIÓN FINANCIERA | Órgano colegiado, de carácter consultivo, a través del cual se coordinarán esfuerzos y acciones en materia de Educación Financiera de la Superintendencia Financiera de Colombia | (1) El Superintendente Financiero o su delegado. (2) El Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Intermediarios Financieros y Seguros, o su delegado. (3) El Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Emisores, Administradores de Activos e Intermediarios de Valores, o su delegado. (4) El Director de Investigación y Desarrollo o su delegado. (5) El Superintendente Delegado para Protección al Consumidor Financiero y Transparencia. (6) El Secretario Técnico del Comité. |
COMITÉ DE SUPERVISIÓN DE CONDUCTAS DE LOS MERCADOS | 1. Aprobar el plan de supervisión en materia de conductas de los mercados en los que participan las entidades vigiladas y controladas. 2. Hacer seguimiento al cumplimiento de la programación de la supervisión en materia de conductas de los mercados e los que participen las entidades vigiladas y controladas. 3. Hacer seguimiento a los asuntos de interés transversal que servirán como marco de referencia para la programación de la supervisión en materia de conductas de los mercados en los que participan las entidades vigiladas y controladas. |
(1) El Superintendente Financiero o su delegado. (2) El Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Intermediarios Financieros y Seguros. (3) El Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Emisores, Administradores de Activos e Intermediarios de Valores. (4) El Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Riesgos. (5) El Superintendente Delegado para Protección al Consumidor Financiero y Transparencia. |
COMITÉ DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO | a. Definir las políticas del Programa de Gobierno Corporativo y Gestión de Ética. b. Aprobar las estrategias que presente a su consideración la Secretaría General para mejorar la gestión ética en la entidad. c. Hacer seguimiento a las gestiones, planes y programas adelantados por la Secretaría general para la divulgación, interiorización y seguimiento de los principios, políticas, normas directrices y valores contenidos en el “Código de Integridad”, en la “Política de Administración del Riesgo de Corrupción” y en el “Código de Gobierno Corporativo” de la Superintendencia Financiera de Colombia. d. Aprobar los ajustes que resulten pertinentes al “Código de Gobierno Corporativo” de la Superintendencia Financiera de Colombia. e. Proponer ajustes a la “Política de Administración del Riesgo de Corrupción” de la Superintendencia Financiera de Colombia, coordinar la realización de los mismos y su presentación para aprobación del Comité de Coordinación de Control Interno. f. Proponer ajustes al “Código de Integridad” de la Superintendencia Financiera de Colombia, coordinar la realización de los mismos mediante un proceso participativo en el cual puedan participar los diferentes grupos de interés con los que interactúa la entidad, tanto internos como externos, y presentar el documento ajustado al Comité de Coordinación de Control Interno, para su aprobación. g. Conformar el Equipo de Agentes de Cambio para implantar y mejorar en forma continua la gestión ética y la comunicación en las diferentes dependencias de la entidad y coordinar su funcionamiento. h. Evaluar los informes que sometan a su consideración la Secretaría General u otros servidores públicos con respecto al cumplimiento en el período respectivo de las políticas, principios y valores contenidos en el “Código de Gobierno Corporativo”, el “Código de Integridad” y la “Política de Administración del Riesgo de Corrupción” de la Superintendencia Financiera de Colombia. i. Servir como instancia para la interpretación de los Códigos de Integridad y de Gobierno Corporativo de la Superintendencia Financiera de Colombia, ante consultas que se le presenten o conflictos que involucren a servidores públicos de la entidad y que tengan relación con los temas contenidos en los referidos documentos. |
(1) El Superintendente Financiero o su delegado. (2) El Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Intermediarios Financieros y Seguros o su delegado. (3) El Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Emisores, Administradores de Activos e Intermediarios de Valores o su delegado. (4) El Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Riesgos o su delegado. (5) El Secretario General o su delegado. (6) El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación o su delegado. |
EQUIPO DE APOYO PARA LA TRANSPARENCIA | Bajo las directrices que determine el Superintendente Financiero de Colombia, la coordinación general del análisis, diseño, implementación, desarrollo, evaluación y seguimiento de la Estrategia de Rendición de Cuentas de la SFC estará a cargo del Equipo de Apoyo para la Transparencia. | Conformado por representantes de las siguientes áreas: - Despacho del Superintendente Financiero - Delegatura de Protección al Consumidor Financiero y Transparencia - Secretaría General - Dirección de Tecnología - Grupo de Comunicaciones - Oficina de Planeación, que tendrá a su cargo la vocería y la secretaría técnica del Equipo. |
JUNTA DE ADQUISICIONES Y LICITACIONES | Órgano de asesoría en materia de contratación. Es el responsable de velar por la adecuada aplicación de los principios de transparencia y selección objetiva establecidos en la Ley 80 de 1993. Asesora en materia de compras y contratación. | (1) Superintendente Financiero o su Delegado. (2) Secretario General, quien la presidirá. (3) Superintendente Delegado para Riesgos Operativos o su delegado, quien deberá ser un Director del área. (4) Director Jurídico o su delegado, quien debe ser un Subdirector del área. (5) Subdirector Administrativo. (6) Subdirector Financiero. (7) El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación. |
COMITÉ DE ADQUISICIONES | Órgano asesor en materia de contratación | (1) Secretario General o su Delegado. (2) Subdirector Administrativo, quien lo presidirá. (3) Director Jurídico o su delegado. (4) Coordinador del Grupo de Servicios Administrativos. (5) Subdirector Financiero (6) Director de Tecnología o su delegado |
COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL | 1) Estudiar los casos que sean expuestos por los funcionarios de la SF con referencia a conflictos entre estos o equipos de trabajo y realizar las recomendaciones pertinentes para el logro de soluciones efectivas. 2) Orientar a los funcionarios sobre las situaciones que le sean expuestas en cuanto a determinar la existencia o no de una conducta no deseada o sobre los pasos que se deben seguir. 3) Coordinar encuentros entre los afectados con el propósito de generar acuerdos que ayuden a superar las situaciones de conflicto, 4) Velar por que las situaciones de conflictos sean resueltas de forma eficaz prevaleciendo siempre el bienestar de quienes se ven involucrados. 5) Efectuar el seguimiento de los casos presentados con el fin de verificar los avances en su resolución o determinar nuevas formas de procedimiento. 6) Velar por la confidencialidad de la información que sea entregada o expuesta por los funcionarios, así como de las actas que sean expedidas como producto de sus funciones. 7) Gestionar las medidas y trámites pertinentes para lograr la solución de conflictos. 8) Velar por el cumplimiento del Código de Ética y Conducta de la entidad. |
(1) Dos (2) representantes del empleador, con sus respectivos suplentes, designados por el Superintendente Financiero. (2) Dos (2) representantes de los empleados, con sus respectivos suplentes, elegidos mediante votación secreta que represente la expresión libre, espontánea y auténtica de los empleados |
COMITÉ DE GESTIÓN AMBIENTAL | 1) Propender por el mejoramiento continuo del desempeño ambiental y la prevención de la contaminación, 2) Generar en los funcionarios de la SFC actitudes de valoración y respeto por el medio ambiente, 3) Utilizar prácticas que reduzcan y controlen la contaminación en la entidad. |
(1) El Secretario General, o su delegado. (2) El Subdirector Administrativo. (3) El Subdirector de Recursos Humanos. (4) El Jefe de la Oficina de Planeación. (5) El Coordinador del Grupo de Comunicaciones. |
COMITÉ INSTITUCIONAL DEL DESARROLLO DEL TALENTO HUMANO | 1) Fijar las políticas en materia de desarrollo de talento humano en la Superintendencia Financiera de Colombia. 2) Solicitar diagnósticos sobre el estado de las estrategias de desarrollo del talento humano en la entidad a fin de proponer nuevas orientaciones. 3) Formular propuestas para tener en cuenta en la elaboración de los Planes de Formación, Cultura, Salud Ocupacional, Bienestar, Incentivos, Evaluación de Desempeño, administración de Personal, Sistema de Compensación y Beneficios de la SFC. 4) Aprobar y evaluar los Planes y Programas de Formación, Cultura, Salud Ocupacional, Bienestar, Incentivos, Evaluación de Desempeño, administración de Personal, Sistema de Compensación y Beneficios de la SFC. 5) Implementar a nivel institucional las orientaciones que en política de talento humano definan los entes técnicos del servicio público y organismos de control. 6) Aprobar las solicitudes de comisión de estudios y créditos compensables por prestación de servicios para la realización de estudios de educación formal dentro y fuera del país. 7) Las demás que establezca el Superintendente Financiero, en Desarrollo de la política institucional de Gestión del Talento Humano. |
(1) El Superintendente Financiero o su delegado. (2) El Secretario General. (3) El Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Intermediarios Financieros y Seguros o su delegado. (4) El Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Emisores, Administración de Activos e Intermediarios de Valores o su delegado (5) El Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Riesgos o su delegado. (6) El Director de Investigación y Desarrollo o su delegado. (7) El Director Jurídico o su delegado. (8) El Subdirector de Recursos Humanos. (9) El Coordinador del Grupo de Desarrollo Integral de las Personas. |
COMITÉ DE EMERGENCIAS | Asesorar la formulación de políticas y procedimientos a seguir en casos de emergencias que se puedan presentar en la Entidad. | (1)El Secretario General, o su delegado, quien lo presidirá; (2)El Subdirector de Recursos Humanos o su suplente; (3)El Coordinador del Grupo de Comunicaciones, o su suplente; (4)El Coordinador del Grupo de Carrera Administrativa y Desarrollo Humano, o su suplente; (5)El Coordinador del Grupo de Servicios Administrativos, o el funcionario que este designe; (6)El Jefe de Brigada de Emergencias de la Superintendencia Financiera de Colombia, elegido por votación entre los integrantes de la brigada de emergencias, o su suplente; (7) El funcionario de la Subdirección de Recursos Humanos encargado del Plan de emergencias o su suplente |
COMITÉ TÉCNICO DE SOSTENIBILIDAD CONTABLE | Asesorar a los funcionarios responsables de la información financiera, económica, social y ambiental, con el propósito de garantizar la presentación de información contable confiable, razonable y oportuna en la Superintendencia Financiera de Colombia. | (1) El Secretario General, quien lo presidirá. (2) El Subdirector Financiero. (3) El Subdirector Administrativo. (4) El Coordinador del Grupo de Tesorería. (5) El Coordinador del Grupo de Contabilidad. |
COMITÉ DE BAJAS Y ALTAS DE BIENES | Asesorar en el retiro y alta de los elementos devolutivos, de consumo y consumo controlado, así como de otros activos de los inventarios de la Entidad. | (1) El Secretario General o su Delegado, quien lo presidirá; (2) El Subdirector Financiero; (3) El Subdirector Administrativo; (4) El Coordinador del Grupo de Almacén e Inventarios, quien actuará como Secretario; (5) El Coordinador del Grupo de Contabilidad. |
COMITÉ DE SUPERVISIÓN | (1) Evaluar, discutir y definir el perfil de riesgos de los conglomerados financieros y/o entidades supervisadas, así como los cambios relevantes en el perfil; (2) Determinar los asuntos de interés transversal que servirán como marco de referencia para el Programa Anual de Supervisión; (3)Evaluar la estrategia de supervisión (inspecciones in situ, extra o monitoreo) del conglomerado financiero y/o de la entidad a fin de ser incorporada en el informe del Programa Anual de Supervisión a aprobarse por el Superintendente Financiero; (4) Definir la metodología de construcción del Programa Anual de Supervisión; (5) Designar por consenso al Supervisor Líder y comunicar al director del área al cual el funcionario se encuentra adscrito, lo relacionado con el desempeño de sus labores; |
(1) Superintendente Financiero (2) Los Superintendentes Delegados Adjuntos, (3) Los Superintendentes Delegados para Intermediarios Financieros y Seguros, para Emisores, Administradores de Activos e Intermediarios de Valores y de Riesgos, quienes concurrirán con voz y voto. |
COMISIÓN DE PERSONAL | a. Velar porque los procesos de selección para la provisión de empleos y de evaluación del desempeño se realicen conforme con lo establecido en las normas y procedimientos legales y reglamentarios, y con los lineamientos señalados por la Comisión Nacional del Servicio Civil; b. Resolver las reclamaciones que en materia de procesos de selección y evaluación del desempeño y encargo les sean atribuidas por el procedimiento especial; c. Solicitar a la Comisión Nacional del Servicio Civil, la exclusión de la lista de elegibles de las personas que hubieren sido incluidas sin reunir los requisitos exigidos en las respectivas convocatorias, o con violación de las leyes o reglamentos que regulan la Carrera Administrativa. En el caso de no atenderse la solicitud, deberán informar de esta situación a la Comisión Nacional del Servicio Civil para que adopte las medidas pertinentes; d. Conocer, en primera instancia, de las reclamaciones que formulen los empleados de carrera que hayan optado por el derecho preferencial a ser vinculados, cuando se les supriman sus empleos, por considerar que han sido vulnerados sus derechos; e. Conocer, en primera instancia, de las reclamaciones que presenten los empleados por los efectos de las incorporaciones a las nuevas plantas de personal de la entidad o por desmejoramiento de sus condiciones laborales o por los encargos; f. Velar porque los empleos se provean en el orden de prioridad establecido en las normas legales y porque las listas de elegibles sean utilizadas dentro de los principios de economía, celeridad y eficacia de la función administrativa; g. Velar porque en los procesos de selección se cumplan los principios y reglas previstas en la ley que regula la materia; h. Participar en la elaboración del plan anual de formación, capacitación y estímulos; y en el seguimiento de los mismos i. Proponer la formulación de programas para el diagnóstico y medición del clima organizacional; j. Informar a la Comisión Nacional del Servicio Civil de todas las incidencias que se produzcan en los procesos de selección, evaluación del desempeño y de los encargos. k. Enviar trimestralmente a la Comisión Nacional del Servicio Civil un informe detallado de sus actuaciones y del cumplimiento de sus funciones. |
Dos (2) representantes de la entidad designados por el nominador o por quien haga sus veces y dos (2) representantes de los empleados quienes deberán ser de carrera administrativa. |
COMITÉ DE SEGUIMIENTO AL GRUPO DE TRABAJO GAFI | La coordinación de la estrategia que adoptará esta autoridad de vigilancia y control para organizar, evaluar, atender, capacitar y entregar la información requerida por el Fondo Monetario Internacional (FMI) en desarrollo de dicho proceso. | (1) El Superintendente Financiero (2) El Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Intermediarios Financieros y Seguros. (3) El Superintendente Delegado Adjunto para Emisores, Administradores de Activos e Intermediarios de Valores. (4) El Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Riesgos (5) Director de Investigación y Desarrollo. Podrá asistir además, el Delegado para Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, los funcionarios de la Delegatura que éste designe, así como los funcionarios que forman parte del Grupo de Trabajo creado y los enlaces designados por las demás áreas de la Superintendencia Financiera de Colombia. |
COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO COPASST | I) Actuar como instrumento de vigilancia para el cumplimiento de las normas de salud ocupacional, II) Participar en la promoción y divulgación e información de los programas de salud ocupacional, III) Participar en el equipo investigador de accidentes de trabajo, IV) Participar en el Comité de Convivencia Laboral, VI) Colaborar en el análisis de las causas de accidentes de trabajo y proponer medidas correctivas, V) Participar y proponer actividades de capacitación en salud ocupacional | Seis (6) representantes del empleador y seis (6) representantes de los funcionarios |
COMITÉ DE RESILIENCIA OPERACIONAL | Guiar la gestión integrada de los riesgos de la Entidad relacionados con la resiliencia operacional, la trasformación digital de los procesos y servicios, la continuidad del negocio y la seguridad de la información, a fin de anticiparse, adaptarse o recuperarse de eventos que afectan su capacidad y el cumplimiento de los objetivos misionales. | (1) El Superintendente Financiero o quien lo represente, quien lo presidirá. (2 El Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Intermediarios Financieros y Seguros. (3) El Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Emisores, Administradores de Activos e Intermediarios de Valores. (4) El Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Riesgos. (5) El Superintendente Delegado para Protección al Consumidor Financiero y Transparencia. (6) El Secretario General. (7) El Director de Investigación y Desarrollo. (8) El Superintendente Delegado para Protección al Consumidor Financiero y Transparencia. (9) El Director de Tecnología. (10) El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación. (11) El Coordinador del Grupo de Resiliencia Operacional. |
COMITÉ DE INNOVACIÓN | Orientar la estrategia de innovación de la SFC mediante la discusión de proyectos orientados a su cumplimiento, en el marco de proyectos de innovación financiera y tecnológica. Evaluar la viabilidad de propuestas cuyo contenido de innovación tecnológica y/o financiera ameritan su habilitación mediante en su ensayo controlado (sandbox) o el desarrollo de normativa específica que facilite su aplicación. |
(1) Superintendente Financiero o su delegado, quien lo preside. (2) Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Intermediarios Financieros, Seguros o su delegado. (3) Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Emisores, Administradores de Activos e Intermediarios de Valores o su delegado. (4) Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Riesgos o su delegado. (5) Director de Investigación, Innovación y desarrollo o su delegado. (6) Invitados especiales con voz pero sin voto. |
Última modificación 26/05/2023