Despacho del Superintendente Delegado para Intermediarios Financieros
El Despacho del Superintendente Delegado para Conglomerados Financieros tiene las funciones previstas en los numerales 10 a 13 del artículo 11.2.1.4.36 del decreto 2399 de 2019, y tanto el Despacho del Superintendente Delegado para Conglomerados Financieros como el Despacho del Superintendente Delegado para Intermediarios Financieros, además de las funciones comunes previstas en el artículo 11.2.1.4.33 del decreto 2399 de 2019 respecto de las entidades a su cargo, tienen las siguientes funciones:
- Supervisar los intermediarios financieros y a cualquier otra entidad cuya supervisión le sea asignada por el Superintendente, conforme a las políticas, procedimientos y metodologías establecidas.
- Proponer al Superintendente Delegado Adjunto para Intermediarios Financieros y Seguros la autorización del establecimiento en el país de representantes u oficinas de representación de instituciones financieras del exterior; así como el cierre de dichas oficinas.
- Participar en los procesos del Sistema de Gestión Integrado de la Superintendencia en los que sea parte.
- Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia”.
Última modificación 26/05/2020