Ministerio de Hacienda y Crédito Público Excedente de liquidez Tesoro Nacional, derivados, operaciones de cobertura Resolución 1288 de 2009 (mayo 21). Autoriza que para el manejo de los excedentes de liquidez del Tesoro Nacional, la Subdirección de Tesorería de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional podrá celebrar durante la vigencia fiscal 2009, entre otras: operaciones de cobertura consistentes en swaps, forwards y opciones de divisas mediante la realización de subastas, uso de Sistemas de Negociación autorizados por la Superintendencia Financiera de Colombia y directamente en el mercado, en los términos de los Contratos Marco y sus respectivos Suplementos con intermediarios del mercado cambiario y agentes del exterior debidamente autorizados. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - Dian Rendimientos financieros, personas naturales, fondos de pensiones, ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional, deducción componente inflacionario. Concepto Tributario 14881 del 20 de febrero de 2009. A los rendimientos financieros percibidos de los fondos de pensiones por las personas naturales, no se les aplican los artículos 38 y 39 del Estatuto Tributario sobre la deducción del componente inflacionario. Gravamen a los movimientos financieros GMF, exención, recursos presupuestos nacional o territorial Concepto 39694 del 18 de mayo de 2009. Las exenciones del Gravamen a los Movimientos Financieros (numerales 3 y 9 del artículo 879 del Estatuto Tributario) de manera expresa se refieren a la ejecución directa de los recursos de los presupuestos nacional o territorial, o a través de los órganos ejecutores de la Dirección General del Tesoro o de las Tesorerías de los entes territoriales. Lo relevante para efectos de la exención son las operaciones mediante las cuales se ejecute el presupuesto nacional o territorial por los órganos ejecutores, sin que tenga incidencia para la exención, la fuente de los recursos que nutren el presupuesto de dichas entidades. Superintendencia de Sociedades Agencias de seguros, contabilización de ingresos Concepto 115-085339 del 24 de junio de 2009. La agencia de seguros debe reconocer sus ingresos teniendo en cuenta el momento en que nace el derecho a exigir su pago, aunque no se haya hecho efectivo el cobro, atendiendo el principio de causación y asociación mencionados, así como la realidad económica de acuerdo con lo establecido en los contratos de intermediación celebrados con las compañías de seguros a quienes le comercializa sus productos y servicios. Grupo empresarial, criterios para establecer situación de control Concepto 220-071961 del 11 de mayo de 2009. A las matrices o controlantes extranjeras, domiciliadas en el exterior, les son aplicables las obligaciones de inscripción en el Registro Mercantil, de las situaciones de control o grupo empresarial que se verifiquen en Colombia. También estarán sometidas a las sanciones señaladas en la Ley 222 de 1996 en caso de su incumplimiento. Insolvencia, responsabilidad de la matriz Concepto 220-079438 del 30 de abril de 2009. La matriz responderá con su patrimonio o asumirá una responsabilidad subsidiaria frente a las acreencias de su controlada en la medida que la causa de la insolvencia sea las decisiones que como matriz adoptó en la compañía subordinada. Registro de nuevo accionista, plazo para el registro Consulta 220-085179 del 22 de junio de 2009. No existe un plazo o término legal durante el cual la sociedad debe efectuar el registro del nuevo accionista en le libro correspondiente, pero por las consecuencias que la omisión en el registro acarrea al nuevo propietario de las acciones, los administradores deberán efectuarlo en la menor brevedad posible, so pena de responder solidaria e ilimitadamente por los perjuicios que por tal omisión acarreen tanto al accionista enajenante como al nuevo propietario de las acciones. Autorregulador Del Mercado de Valores de Colombia – AMV Registro de operaciones entre no intermediarios Consulta 006-2009 del 30 de junio de 2009. En el caso consultado una compañía de leasing y otra empresa no son miembros autorregulados y se encuentran inscritas como emisores de valores pero no como intermediarios del mercado de valores. En ese sentido, se concluye que para el caso no existe obligación de registro de la operación de emisión de un CDT. |